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Argentina Pandemia y la “Constitución en jaque”

En marzo de 2020, con la imposición del llamado Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio, pocas voces se alzaron planteando la ilegalidad de las medidas – entre ellos este Corresponsal en El Minuto – que en más de un caso derivaron violaciones a los Derechos Humanos.

Por: Jorge Suárez Saponaro | Director de Diario El Minuto Argentina


Como dijimos en este medio, la ausencia de planeamiento y estrategia, terminó en una nueva crisis con el incremento de muertes y contagios. Una vez más la respuesta, el cercenamiento de libertades, para encubrir los errores cometidos.

La pandemia puso en jaque a las democracias de Occidente, que en muchos casos amparándose en peculiares interpretaciones de los regímenes de excepción en caso de crisis o emergencia, los gobiernos apostaron a la “receta china” de impedir el movimiento de población, reuniones sociales y directamente entrometerse en la vida privada de las personas.

La campaña de acción psicológica orquestada desde los grandes medios, favoreció al miedo – entiéndase que no menoscabamos la gravedad de la enfermedad por COVID – y favoreció el avance sobre libertades.

Así observamos como en países europeos, se extremaban medidas de control policial, para evitar que las personas circularan en las calles, pero ironías del destino, los contagios seguían en alza con una alta tasa de mortalidad de determinados sectores de la población, generalmente adultos mayores y con patologías de base.

Argentina sin estrategia clara, ni planeamiento, estableció una serie de normas, contrarias a la Constitución Nacional.

Especialmente en materia de libertad de movimientos, incluso las normas dictadas por el Ejecutivo, además de avanzar sobre competencias propias de los estados provinciales y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que también tiene jerarquía de provincia, es un sujeto federal más, consecuencia de la reforma constitucional de 1994, previstos por el art. 129 de la citada norma.

Las falencias en materia de estrategia, las vacunas prometidas que nunca llegaron, llevaron al gobierno, a intentar justificar sus graves errores en la gestión de la crisis, cargando culpas sobre la sociedad.

Olvidándose de hechos que fueron incentivados por el mismo gobierno, como los actos multitudinarios cuando fue aprobado la legislación sobre aborto, el recuerdo del 17 de octubre, fecha histórica para el peronismo; o el multitudinario velatorio del célebre deportista Diego Maradona. Verdadera metáfora de un país, caótico, a la deriva, lleno de contradicciones.

En el comienzo del año 2021, fue incentivado el turismo interno, dado que las economías regionales estaban contra las cuerdas, a pesar del daño ocasionado por meses de paralización del país. El gobierno chocó con una dura realidad, con elevados índices de pobreza, generado por las medidas adoptadas, un fracaso en la contención de muertes.

El presidente Fernández, señaló que si hubiera sido reelecto el ex presidente Mauricio Macri, el país hubiera tenido, diez mil muertos.

En diciembre de 2021, las muertes superaron los 30.000. La pobreza trepó al 42%, afectando a 19 millones de personas. En el caso de la infancia y adolescencia, la pobreza significa que el 56% de esta franja etaria, están en situación de pobreza. La indigencia trepó del 8% heredado del gobierno del ingeniero Macri, al 10.5%. La inflación es la segunda mas alta de la región, encabezando el ranking, Venezuela.

La economía ha caído el 9% y las medidas adoptadas por el gobierno, no ayudan mucho, especialmente las restricciones para la exportación de carnes, en un vano intento de abaratar el precio en el mercado interno.

Los impuestos, la inflación, la falta de confianza, hacen que Argentina sea un país, donde los inversores nacionales y extranjeros tengan cada vez menos fe.

Estas medidas en el pasado, permitieron que otros países, como el caso de Uruguay o Paraguay, ocuparan el lugar de Argentina en los mercados de carnes. Las tensiones con el sector agro exportador, no es nuevo en el kirchnerismo, que siempre tuvo una relación mala, especialmente por los impuestos y limitaciones para la exportación de productos agrícolas, bajo el pretexto de proteger al mercado interno.

Los lugares perdidos por Argentina han sido ocupados por otros actores, y el regreso a conquistar mercados perdidos, es una ardua tarea que demanda años, además de la pérdida de ingreso de valiosos dólares, un bien más que escaso en estos tiempos para Argentina.

El país tiene problemas de seguridad pública graves en el Gran Buenos Aires, bastión electoral del gobierno, y algo más preocupante, la necesidad de efectuar controles por la crisis sanitaria, con los engorrosos permisos de circulación, ha significado el despliegue de miles de efectivos de fuerzas de seguridad, sacándolos de las fronteras, donde el problema del narcotráfico es sumamente grave.

Incluso el Ministerio de Seguridad adoptó medidas controvertidas, como el desarme de las patrulleras Shaldag de la Prefectura Naval, desmontando las ametralladoras 0.50 y 12.7 Mm., lo que impidió una clara respuesta ante un ataque en el río Paraguay. Oficialmente se habló de pirotecnia.

Asimismo, el desarme tuvo que ver con la orden del ministerio de emplearlas para tareas de apoyo a la navegación recreativa y deportiva, cuando en verdad fueron concebidas como patrulleros de seguridad costera y fronteriza, y elemento para interceptar y combatir el narcotráfico, por su velocidad y poder de fuego.

Los primeros tiempos del gobierno de Alberto Fernández, no dan buenos resultados, en materia económica, existen tensiones internas dentro de la coalición, donde claramente los sectores más duros del kirchnerismo, desde el Instituto Patria, intentan imponer su visión, entrando en contradicción con el mismo presidente.

La caída del PIB, la inflación, crecimiento de pobreza, una crisis sanitaria que parece no tener fin, unido al escándalo del llamadas “Vacunas VIP” donde militantes políticos, obtuvieron preferencias fuera del plan previsto por el Ministerio de Salud.

El gobierno no emitió ningún comunicado de condena, y como siempre al mejor estilo K, intentaron justificar que jóvenes menores de 30 años, o funcionarios mintieran en declaraciones juradas, haciéndose pasar por personal sanitario, no fueron removidos de sus cargos.

El escándalo de Formosa, donde el gobierno provincial ha privado ilegalmente de la libertad a ciudadanos por padecer COVID o ser sospechados, el escándalo aún mayor de mujeres aborígenes huían a la espesura del monte, para que la policía local no las aislara de sus hijos recién nacidos, bajo la excusa del COVID. Existen denuncias que no volvieron a ver sus hijos o incluso se los regresaron muertos.

Pocas voces se alzaron ante este escándalo y vaya saber que favores le deben al autoritario gobernador Insfrán que nadie se atreve a criticarlo abiertamente en el oficialismo

https://www.mendozapost.com/policiales/horror-en-formosa-embarazadas-se esconden-le-quitan-sus-bebes/

Las prioridades del liderazgo político, son pugnas que gran parte de la sociedad no comprende o no le interesa, a pesar de afectar seriamente la institucionalidad, si se llevan a cabo las reformas del Ministerio Público, la Justicia Federal o el enfrentamiento no declarado con la Corte Suprema de Justicia.

La gira europea, tan promocionada, parece que no condujo a nada. El ajuste que requiere el FMI, no se llevará a cabo, solo han pagado los platos rotos los jubilados, pensionados con la reforma del cálculo de movilidad jubilatoria, salieron perjudicados en su poder adquisitivo.

El sector privado vive agobiado por impuestos y regulaciones, y desde la clase política, no hubo gestos para reducir salarios, dietas, asesores y demás gastos.

La soberbia enceguece a muchos dirigentes, que se creen superiores a la sociedad, se consideran una suerte de clase elegida. Sus actitudes y su discurso ponen en evidencia ello.

El presidente fue ver al Papa Francisco, que es sabido que es un militante peronista y tuvo bastante que ver con generar apoyos a la campaña del Frente de Todos, mirando para otro lado, que el candidato Dr. Alberto Fernández, era favorable al aborto y no muy cercano a la iglesia católica.

La Unión Europea tiene sus propias prioridades, y la visita del jefe de estado argentino, no genera el interés que algunos medios quisieron darle a la gira. Argentina no cumple sus compromisos, el mismo gobierno está lleno de contradicciones, y es poco probable que por ejemplo, apoye por ejemplo, las criticas que ha hecho la UE al régimen de Maduro en Venezuela.

El poco tacto de la política exterior argentina, se vio con el choque armado entre el grupo terrorista HAMAS y el Estado de Israel. En un comunicado de Cancillería cuestionó la respuesta israelí ante los ataques con cohetes de dicho grupo.

El gobierno se olvida que Israel eligió a la Argentina, para probar una vacuna de desarrollo propio y producirla en algún laboratorio local.

No cabe duda que pone en evidencia las internas de la coalición gobernante, la falta de pragmatismo en política exterior, o mejor dicho de visión realista, aferrándose a cuestiones ideológicas a postulados, que alejan al país de valiosos socios, especialmente cuando Argentina pase el 2022 con cuarentenas por la falta de vacunas y el pésimo manejo de la pandemia.

En materia de transparencia, Argentina descendió el puesto 66 al 78, con un puntaje de 42/100 según la prestigiosa ONG Transparencia Internacional. Lo que pone en evidencia el retroceso que ha tenido en tan poco tiempo el país, ante la falta de liderazgo, el regreso de prácticas políticas negativas.

Muchos hablan de la mala suerte del presidente, al tener que verse envuelto en algo que realmente sorprendió al mundo. Pero son en los tiempos de crisis, donde se ve el talento de los estadistas y líderes.

En Argentina, la clase política, ante esta grave crisis global, ha dejado bastante que desear. Un ejemplo bien patente de la poca transparencia de Argentina, ha sido el sistema de test de COVID en el Aeropuerto Internacional de Ezeiza, en manos de una empresa que cometió muchas irregularidades, y sus titulares no tenían antecedentes en salud.

Vale la pena recordar el bajo índice de test que realiza Argentina, es más que preocupante, dada las circunstancias, debería impulsarse a realizar test a mayor escala.

La sociedad quedó agotada de controles, violación a sus libertades individuales, de la ruina económica de millares por las restricciones. El tema vacunas, que parece que no llegan más, mientras países vecinos, ya vacunan a personas menores de cincuenta años.

Como siempre los que tienen recursos, viajan a Estados Unidos donde hay un excedente de vacunas. Existe un sector de la sociedad, de 18 a 60 años, que no tiene patología de base, no son empleados públicos, que quedan fuera del plan de vacunación.

Mientras los medios apuntan que este sector de la población, especialmente menores de 45 años por las nuevas variantes, están siendo afectados seriamente. Es una verdadera pesadilla, pareciera que esto no tiene fin. Los “expertos” que desfilan en la televisión, dan entender que queda un largo camino, pero no saben cuando terminará.

La incertidumbre es lo peor que se puede transmitir a una población. No cabe duda que esto obedece a cuestiones de manipulación, además de las “bajadas de línea” sobre determinadas vacunas, generando aún más desconfianza. Al fin de cuenta, terminan mostrándose como simples patéticos lobbistas de determinados intereses.

Era sabido que con la llegada del otoño, el COVID atacaría de nuevo con más fuerza, unido a que solo una ínfima parte de la población está vacunada, que abre interrogantes sobre la llegada de nuevas variantes, que pueden complicar aún más las cosas.

El gobierno, decidió recurrir a una receta conocida, a pesar de ser inconstitucional y fracasada, imponiendo restricciones por el plazo de una semana, pero con la posibilidad de implantarla de manera intermitente, vaya saber por cuanto tiempo.

El decreto 287/2021, de Necesidad y Urgencia, en sus argumentos sostiene la necesidad de medidas de mitigar los contagios, establece un sistema de alarma epidemiológica, con una serie de índices; regular mecanismos de prevención, como maneras de toser, uso de tapabocas e higiene de manos; impone aislamiento estricto y prohibición de circular los casos positivos del COVID; suspensión de viajes de Estudio, excursiones, o por razones de turismo, con ciertas limitaciones.

Si prohíbe la organización de viajes de estudiantes y jubilados; impone que las reuniones sociales no deben superar las diez personas; reglas de higiene y seguridad laboral; régimen de teletrabajo en el ámbito privado y estatal; faculta a los gobernadores el mantener o no clases presenciales; cierres de áreas dedicadas actividades deportivas en lugares cerrados, culturales, cines, casas de juego, los locales gastronómicos solo en modalidad de envíos a domicilio; restricción de circulación de personas entre las 0 horas hasta las 6 horas del días siguiente, pudiendo ser ampliados a partir de las 22 Horas.

El decreto también faculta a las autoridades locales, a prever mayores cierres de actividad comercial o limitar los movimientos de personas, después de determinados horarios. El decreto prevé que el incumplimiento implica la aplicación de normas del Código Penal.

Que dice la Constitución.

Argentina cuenta con una Constitución liberal y progresista, que es muy clara en la protección. Asimismo establece reglas muy claras en materia de emergencia y bajo que circunstancias se pueden dictar normas de excepción.

En primer lugar el Decreto 287/2021, como otros, de su mismo tenor, es de necesidad y urgencia o DNU. Este tipo de normas solo pueden dictarse bajo determinadas circunstancias.

La Constitución Nacional en su El articulo 99, que reglamenta la modalidad del dictado de estas normas, en su inciso 3 establece que Solamente cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites

ordinarios previstos por esta Constitución para la sanción de las leyes, y no se trate de normas que regulen materia penal, tributaria, electoral o de régimen de los partidos políticos, podrá dictar decretos por razones de necesidad y urgencia, los que serán decididos en acuerdo general de ministros que deberán refrendarlos, conjuntamente con el jefe de gabinete de ministros.

El jefe de gabinete de ministros personalmente y dentro de los diez días someterá la medida a consideración de la Comisión Bicameral Permanente, cuya composición deberá respetar la proporción de las representaciones políticas de cada Cámara.

Esta comisión elevará su despacho en un plazo de diez días al plenario de cada Cámara para su expreso tratamiento, el que de inmediato considerarán las Cámaras.

Una ley especial sancionada con la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara regulará el trámite y los alcances de la intervención del Congreso.

El decreto impone sanciones penales para quienes no lo cumplan, esto es prerrogativa del Congreso, no del Poder Ejecutivo. Además, funcionando el Poder Legislativo, no existen elementos que justifiquen dictar un DNU.

El DNU en cuestión avanza sobre cuestiones de poder de policía local, especialmente en horarios comerciales, funcionamiento de estos, régimen escolar, entre otros aspectos. El DNU habla de facultades de las autoridades locales, cuando el Poder Ejecutivo, no tiene competencia para ello, dado que está avanzando en un área que específicamente de las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Entre ellos la imposición de un toque queda, para circular después de determinados horarios. Algo que está reñido con la Constitución Argentina Esta figura aplicada en tiempos de guerra, está destinada para garantizar la seguridad de las operaciones, contrarrestar el accionar de agentes enemigos, o en casos de ocupación militar, impedir acciones de sabotaje, o en situaciones de conmoción interna, impedir disturbios. No esta previsto en el ordenamiento constitucional, agregándose que entra en colisión con una serie de normas, como son los artículos 14, 19 y 28.

El Artículo 14 dice Todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio; a saber: de trabajar y ejercer toda industria lícita; de navegar y comerciar; de peticionar a las autoridades; de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino; de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa; de usar y disponer de su propiedad; de asociarse con fines útiles; de profesar libremente su culto; de enseñar y aprender.

El impedir movimiento en determinados horarios, entra en abierta colisión con la Constitución, como también las limitaciones que imponen los estados provinciales y hasta autoridades municipales para permitir el libre tránsito de personas y mercaderías.

Respecto al cierre de templos religiosos, entendemos que también atenta contra la libertad de cultos, si puede instrumentarse a través de regulaciones locales, mecanismos para impedir aglomeraciones y generar facilidades para que las personas accedan a su culto religioso.

También los enfermos, aislados, deberían tener el derecho a recibir asistencia espiritual. Es su derecho, lo consagra la Constitución y además tiene que ver con un acto humanitario.

En cuanto a las limitaciones en materia de reuniones en domicilios, el DNU avanza sobre el Artículo 19 que nos dice Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados.

Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe.

Entiéndase que esto no implica justificar las llamadas “fiestas clandestinas”. Donde el poder de policía local, puede intervenir para aplicar normas sobre ruidos molestos, distribución de alcohol a menores u la comisión de delitos flagrantes.

El Artículo 28 nos dice Los principios, garantías y derechos reconocidos en los anteriores artículos, no podrán ser alterados por las leyes que reglamenten su ejercicio. Por ende tanto los DNU como la hipotética ley que pueda sancionar el Congreso otorgando facultades especiales al Poder Ejecutivo, no pueden avanzar sobre los derechos y garantías. Existe una excepción que es el Estado de sitio, pero la Constitución es clara, para la suspensión de los derechos y garantías, el articulo 23 es contundente.

En caso de conmoción interior o de ataque exterior que pongan en peligro el ejercicio de esta Constitución y de las autoridades creadas por ella, se declarará en estado de sitio la provincia o territorio en donde exista la perturbación del orden, quedando suspensas allí las garantías constitucionales. Pero durante esta suspensión no podrá el presidente de la República condenar por sí ni aplicar penas.

Su poder se limitará en tal caso respecto de las personas, a arrestarlas o trasladarlas de un punto a otro de la Nación, si ellas no prefiriesen salir fuera del territorio argentino. La crisis sanitaria del COVID no es argumento para imponer el estado de sitio, o suspender garantías constitucionales. El reconocido jurista, Alejandro Fargosi en su cuenta oficial

de Twitter señaló “El “toque de queda” es suspender derechos individuales (Art. 14 y 19 CN) Por eso, requiere previo “estado de sitio” El “estado de sitio” requiere que haya ataque exterior o conmoción interior que haga peligrar a la Constitución o a las autoridades legítimas (Art. 23 CN).

El Dr. Fargosi, en diversos medios, tuvo una postura contundente, al considerar que no se puede cercenar derechos por la emergencia sanitaria. Nosotros adherimos desde nuestro humilde lugar, a lo que dice el citado jurista. La Constitución Nacional cuenta con herramientas claras y establece pautas bien definidas a la hora de limitar derechos en casos realmente excepcionales.

El Dr. Sabsay, señala que esto podría llevarse a cabo por una ley del Congreso, pero el debate esta abierto a la luz de lo que prevé los artículos 23 y 28 de la Constitución Nacional.

El Poder Ejecutivo ha dictado normas con carácter legislativo, sin cumplir con los recaudos de la Constitución Nacional. Asimismo requiere delegación de facultades que van más allá del artículo 76.

Este articulo nos dice Se prohíbe la delegación legislativa en el Poder Ejecutivo, salvo en materias determinadas de administración o de emergencia pública, con plazo fijado para su ejercicio y dentro de las bases de la delegación que el Congreso establezca.

La caducidad resultante del transcurso del plazo previsto en el párrafo anterior no importará revisión de las relaciones jurídicas nacidas al amparo de las normas dictadas en consecuencia de la delegación legislativa.

El texto del proyecto de ley (ver https://www.telam.com.ar/notas/202105/553741-el-gobierno-envio-al-congreso-el-proyecto-de-ley-de-emergencia-covid.html).

Es muy similar al contenido del decreto 281/2021, avanzando sobre cuestiones que tienen que ver con la vida privada de los ciudadanos, como prohibir reuniones sociales, facultar autoridades locales competencias que le son propias en materia de regulación de comercio, educación, etc.

Asimismo el texto habla de los toques de queda, que prohíbe la circulación de personas en determinados horarios, suspensión de clases presenciales según la gravedad epidemiológica.

Uso de transporte público, medidas adoptar por autoridades en localidades menores de 40.000 habitantes, Un aspecto positivo, el acompañamiento de pacientes terminales con COVID, por parte de un familiar o persona allegada.

El proyecto no fija plazos de vigencia, algo que requiere el artículo 76. El Congreso debería fijar un plazo cierto de vigencia, no se puede estar en “eterna” emergencia, lo que implica un claro comportamiento abusivo del estado sobre los ciudadanos.

Lo expresado puede sonar antipático, al margen de lo políticamente correcto, pero no podemos permanecer en silencio ante un comportamiento, que implica el avance del Poder Ejecutivo sobre otros poderes, como sobre los derechos de los ciudadanos. Nadie niega el alto riesgo que implica una disparada de contagios, para un sistema de salud endeble y sumamente castigado por el duro 2020.

Existen herramientas, que pueden ser empleadas con inteligencia, como una Directiva Estratégica, que por medio de un decreto, el Poder Ejecutivo, puede fijar pautas de mitigación de la crisis COVID, especialmente a medidas de prevención, educación a la ciudadanía, movilización de recursos humanos y materiales en apoyo al sistema de salud, mejoras de calidad de vida de áreas vulnerables como barrios de emergencia que padecen hacinamiento y problemas de acceso al agua potable, etc.

Las autoridades locales, podrán llegado el caso limitar el movimiento de personas, no con toques de queda, sino limitando horarios comerciales, un uso inteligente del espacio público, promover conductas responsables y algo que falta, test a gran escala. En lo referente al Plan de Vacunación, este debe ser de carácter universal, y debe tener como objetivo todos los ciudadanos entre 18 a 59 años, excluidos del plan original.

Debe habilitarse que actores privados, como gobiernos provinciales, obras sociales, accedan al mercado internacional de vacunas, con apoyo del Estado nacional, creándose un fondo específico. Es indispensable en el marco de la Estrategia propuesta, esté inserto un plan de recuperación de la economía nacional, un plan educativo para que el millón de chicos que abandonaron la escuela regresen, en un ambicioso programa de alfabetización.

La habilidad del conductor estratégico, estará en poder alcanzar los objetivos fijados, adaptándose a las reglas de juego vigentes y con los recursos disponibles.

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