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El tiempo es oro: la ejecución y regulación de la Inteligencia Artificial en la Justicia es imperativo

Una sociedad evolucionada es aquella que es permeable al cambio. La innovación judicial forma parte de esta generación 4.0, la era de la información. Resulta errático considerar que la inteligencia artificial llegó para quedarse, porque ella existe desde hace mucho tiempo.

Por: Daniela Concepción Spinelli |El Minuto de Argentina


Es cierto, nunca hubiéramos imaginado que un robot pudiera hacer cirugías ni mucho menos que esta inteligencia sea manipulada por compañías logrando cosas que ni la política ni la religión logró antes en la historia de la humanidad toda.

La inteligencia artificial es sumamente poderosa, y lo más maravilloso aun es que su utilización en el Derecho -sí, hablo de utilización y no hablo de reemplazarlo- puede reducir días y horas de trabajo.

No es ninguna novedad, que los tribunales –desde su creación- fueron más reacios a las tecnologías: la denominación de una hoja como foja, la utilización de una aguja para cocer un expediente, la gran cantidad de hojas, cuerpos y ganchos de un procedimiento judicial son ejemplos de lo precámbrico y engorroso que termina siendo para la víctima, el victimario y hasta el propio agente judicial que debe tomar decisiones.

Siguiendo este orden de ideas, nos preguntamos, pero ¿qué es la inteligencia artificial? ¿es buena o mala? ¿reemplaza al humano? Resulta irónico, pero no menos cierto, plantear que la variedad y cantidad de conceptos definitorios de inteligencia artificial generan una orfandad terminológica y dista de tener un sentido universal. Su característica principal es la indefinición que resulta de su enfoque multidisciplinario y que no genera conceso.

Sin embargo, la RAE define a la inteligencia artificial como: “Disciplina científica que se ocupa de crear programas informáticos que ejecutan operaciones comparables a las que realiza la mente humana, como el aprendizaje o el razonamiento lógico”.

Vale aquí destacar la idea de aprendizaje a la que le agregaría imitación. La inteligencia artificial aprende e imita lo que los seres humanos le enseñan: segmentan, polarizan, establecen patrones, medidas y bien entrenadas pueden conocernos hasta mejor que nuestros seres íntimos.

Las respuestas a estos interrogantes son subniveles propios de un iceberg, el iceberg de la Era de la Información. La tecnología no es mala, sino su uso y abuso indebido. Así, podemos decir que la inteligencia artificial es una imitación de la inteligencia humana.

La inteligencia artificial y el derecho enmarca una correlación en donde sus ejecutadores lograrían resultados en un plazo corto, efectivo y en el caso concreto.

Es un win-win: la automatización y predicción en “trámites” tales como la declaratoria de herederos, la homologación de un acuerdo laboral, las relaciones de los consumidores y el abuso de las empresas, los fraudes en las aseguradoras y hasta la decisión de si un plan social corresponde o si un amparo cumple los requisitos son unos pocos ejemplos de cuán importante es su regulación.

Desde una teoría general del derecho, desde su creación se habla de un contrato social (Hobbes, Locke, Rousseau) partiendo de la base de que somos seres que vivimos en un estado de naturaleza y realizamos un pacto social para convivir en armonía.

Ahora bien, John Locke (1921-2002) agrega un detalle no menor, en un libro titulado Teoría de la justicia, propuso una teoría contractualista con reminiscencias kantianas según la cual, desde una hipotética posición original, y dejando a un lado sus capacidades y preferencias individuales, seres racionales situados bajo un velo de ignorancia se pondrían de acuerdo para establecer principios generales de la justicia.

Me detengo aquí inevitablemente: los principios generales de la justicia surgen de un acuerdo. La innovación de la que hablaba nace desde el origen.

El cambio que surge en la sociedad, en los seres que la integran exige un cambio en la justicia que es un veedor del bien común. La resistencia a un cambio en “las cláusulas” de ese pacto, específicamente en la esfera del poder judicial que es donde hago y debo hacer hincapié generaran estragos, un quiebre a corto plazo.

La inteligencia artificial llegó para quedarse en el Derecho de forma súbita. Siguiendo a Locke, “…nuestros conocimientos sobre la naturaleza sólo pueden aspirar a la probabilidad y están expuestos a verse desmentidos por el descubrimiento de hechos nuevos…” La inteligencia artificial pregona automatizar y predecir soluciones jurídicas sin dejar de lado que, junto con los algoritmos la resolución puede cambiar y ser acompañada por el agente judicial, eliminando todo trabajo engorroso no-jurídico según cada Orden Público.

Así: “Si tú o yo hubiésemos nacido en la Bahía de Soldania, es posible que nuestros pensamientos y nuestras ideas no habrían excedido las de los groseros hotentotes que allí viven; y si Apochancana, rey de Virginia, hubiese sido educado en Inglaterra, quizás habría sido tan consumado teólogo y tan buen matemático como cualquiera de los que se encuentran en esta isla.

Porque la diferencia entre ese rey y un inglés mejor educado consiste simplemente en esto: que el ejercicio de las facultades de aquél no tuvo más campo que el acotado por los usos, modos y nociones de su país natal, y que jamás se orientó hacia otras y más profundas investigaciones” En síntesis, los pensamientos e ideas que la inteligencia artificial imite no van a ser otros más que los que nosotros les enseñemos, y allí radica la diferencia.

El ordenamiento jurídico, las costumbres y las normas de cada país son distintas, y lo maravilloso de la inteligencia artificial es que encajará en la sociedad donde se la instruya…

Sin perjuicio de lo planteado, no todo es color de rosa, la inteligencia artificial es tan poderosa que aprende prácticas discriminatorias que las personas en forma consciente o inconsciente transmiten. Por ejemplo, en temas de género existen valiosos resultados que demuestran la segregación de la mujer en ciertos puestos de trabajo o en una evaluación crediticia, entre otros.

Los sesgos de la inteligencia artificial son peligrosos y es por eso que la información y la enseñanza que le demos debe partir de una premisa clara: la igualdad de género y del género. Los prejuicios en datos generan discriminación y excluyen minorías, transgéneros o mujeres.

Estos prejuicios lo hacen humanos, por eso es importante la transparencia de la inteligencia artificial, que se explique por qué sí y por qué no. El punto neurálgico radica en insertar tecnologías en la justicia sin afectar derechos.

Automatizar la justicia, acorta plazos burocráticos, pero ¿esto es posible? Argentina es un ejemplo claro, específicamente, Juan G. Corvalán -Fiscal General Adjunto de la Ciudad de Buenos Aires y director del Laboratorio de Innovación e Inteligencia Artificial de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires- comprometido con la tarea de hacer una justicia inteligente creó Prometea.

Un software inteligente que reduce los tiempos administrativos notablemente. Cuando un oficial de justicia del mencionado ministerio tome en sus manos el expediente, solo deberá responder, hablando o escribiendo, las preguntas de un chat como WhatsApp. Y, en exactamente cuatro minutos, habrá obtenido el dictamen, además de la estadística relevante para el caso y links de interés para ilustrar la decisión.

Luego, los juristas del organismo solo revisan el procedimiento, imprimen y firman. Habrán completado en media hora un trabajo que suele llevar meses. Corvalán destaca, entre las cualidades del sistema, que “Prometea no utiliza técnicas de inteligencia artificial de caja negra, o lo que se conoce como Deep learning; es decir, todo el proceso del algoritmo es abierto, auditable y trazable”

En conclusión, la inteligencia artificial está dotada de autonomía y aprendizaje, sin embargo -si bien existen muchos instrumentos internacionales y documentos- no hay una regulación específica en líneas generales.

El desafío es y debe ser la regulación de la inteligencia artificial, sus resultados están a la vista, y no hablo solamente de países lejanos. La creación argentina Prometea fue aplicada en la Corte Constitucional de Colombia seleccionando 32 casos urgentes en dos minutos entre un total de 2016 sentencias en un Tribunal que recibe 720.000 causas al año.

Prometea se encuentra entrenada para analizar grandes cantidades de información, automatizar procesos y generar documentos casi sin intervención humana. Es capaz de encargarse de todas aquellas tareas operativas y repetitivas, para que las personas puedan encargarse de resolver con empatía y creatividad casos más complejos. ¿Qué más podríamos pedir de una inteligencia artificial “jurídica”? Pero, las críticas a toda invención son propias de lo distinto… De nuevo, Locke “…Las nuevas opiniones siempre son sospechosas, y normalmente se rechazan, sin más razón que el hecho de no ser comunes…” El futuro llegó, no podemos quebrarnos, no queda más que abrazar al cambio e innovar caminando de la mano de la inteligencia artificial pregonando políticas públicas ejecutables en el Poder Judicial.

“Si la tarea de juzgar ha sido siempre trascendente, adquiere en la actualidad mayor significación en razón de nuevas misiones que la sociedad ha confiado en el Poder Judicial e impone una capacitación urgente y acelerada de los recursos en cuestión y de la idoneidad en materia de inteligencia artificial. No hacerlo supondrá bajarse del mundo y renunciar al futuro”.

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