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Vacaciones: viajar con menores

Qué documentación debes llevar para poder disfrutar de uno de los momentos más esperados del año. En este momento del año, todos deseamos un descanso y los que tienen la oportunidad de viajar deben estar atentos a los nuevos requisitos que exigen las autoridades si llevamos menores de edad con nosotros.

Qué documentación debes llevar para poder disfrutar de uno de los momentos más esperados del año. En este momento del año, todos deseamos un descanso y los que tienen la oportunidad de viajar deben estar atentos a los nuevos requisitos que exigen las autoridades si llevamos menores de edad con nosotros.


Abogada: Gisela Adriana Sabelli | Corresponsal del Diario el Minuto en Argentina


Vamos a plantear diferentes circunstancias de viaje y sus requisitos:

  • Viaje dentro de la Argentina en micros de larga y mediana distancia varía según la edad del menor:
  • de 0 a 5 años: pueden viajar con ambos progenitores, con un solo progenitor y con la autorización del otro, o con un mayor de edad autorizado por los progenitores.
  • de 6 a 12 años: pueden viajar con ambos progenitores, con alguno de ellos con autorización del otro, con un mayor de edad autorizado por los progenitores, o con el Servicio de Menor No Acompañado en las empresas que brindan este servicio. Para usar el mismo, los menores deben ser capaces de alimentarse, higienizarse solo, poder movilizarse en caso de evacuación y obedecer instrucciones; asimismo debe ser acompañado por un mayor de edad para abordar el micro y ser esperado por un mayor de edad en el destino, el cual debe ser el que se informó al momento de contratar el servicio.
  • Adolescentes entre 13 a 17 años: además de las opciones mencionadas con anterioridad, pueden viajar solos con la autorización de sus progenitores o representante legal.

La documentación es: DNI actualizado y en buen estado del menor; DNI actualizado y en buen estado de los progenitores o Pasaporte; Partida de Nacimiento actualizada del menor, sin estar plastificada porque pueden tomarla como inválida, se puede suplir con la Libreta de Matrimonio de los progenitores donde este anotado el menor.

Para los casos en que se necesita autorización, la misma se debe tramitar por ante un escribano con la legalización notarial del colegio de escribanos correspondiente; el juez competente del domicilio del menor; o la autoridad del Registro de Civil o la Justicia de Paz; o autorización mediante firma del progenitor a en el lugar de la compra del pasaje del formulario que provee la empresa de transporte terrestre.

  • Viaje dentro de la Argentina en avión también varía según la edad:
  • de 0 y 7 años: siempre deben viajar acompañados de una persona mayor de 18 años.
  • entre 8 y 11 años: junto con los progenitores; con uno de ellos y autorización del otro; una persona mayor de edad con autorización de los progenitores o represéntate legal; o tener contratado el programa Menor no acompañado, donde personal de la Aerolínea custodiará al niño durante todo el trayecto, incluidos los controles de seguridad, hasta que sea entregado a la persona autorizada al término del viaje.
  • Adolescentes entre 12 y 17 años: además de las opciones antes mencionadas, pueden viajar solos con autorización de los progenitores o represéntate legal, aunque también pueden contratar el servicio de Menores no acompañado de manera opcional.

La documentación requerida es: DNI actualizado y en buen estado del menor; DNI actualizado y en buen estado de los progenitores o Pasaporte; Partida de Nacimiento actualizada del menor, sin estar plastificada porque pueden tomarla como inválida, se puede suplir con la Libreta de Matrimonio de los progenitores donde este anotado el menor. Para los casos en que se necesita autorización, la misma se debe tramitar por ante un escribano con la legalización notarial del colegio de escribanos correspondiente o Juez con Legalización de la Cámara de Apelaciones.

  • Viajes al Exterior con menores: respecto de los requisitos diferenciados por la edad son los mismos que mencionamos antes, lo que se modifica es: Si es fuera del Mercosur Pasaporte del menor y los adultos que acompañan; y la autorización cuando

el menor no viaja con ambos progenitores siendo admisible la realizada por ante un escribano con la legalización notarial del colegio de escribanos correspondiente con las legalizaciones adicionales, es decir la Apostille prevista en el artículo 1 de la Convención de La Haya de 1961 o, en caso de que el país de destino no esté adherido a esa convención, las legalizaciones consulares correspondientes y/o la otorgada mediante Juez debidamente legalizada por ante la Cámara de Apelaciones y los demás apostillados.

En los viajes al exterior es necesario contactarse con la Representación del país de destino en la Argentina y consultar si es necesario que la autorización de viaje este traducida al idioma del país de destino, Apostille adicional diferente al de La Haya, otras autorizaciones para atención en centros de salud o realizar determinada actividad.

En el caso de los menores adolescentes, que son quienes tienen entre 13 y 17 años, que viajen fuera del país por aplicación del Artículo 645 del Código Civil y Comercial de la Nación, también se solicita la conformidad del menor a realizar el viaje, la cual se supone que el menor la otorga al presentarse para realizar el viaje.

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