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Eugenio González apunta sus dardos contra Tomás Mosciatti y lo sindica como el “Spiniak del Periodismo”

El Minuto | Como es bien sabido por diversos medios de comunicaciones nacionales, a mediados del año 2019 el cientista político “Eugenio González Astudillo” dedujo demanda indemnizatoria por daños y perjuicios en contra del conocido periodista de Radio Bío Bío y abogado Tomás Mosciatti Olivieri”.

Por: El Minuto

Cuando el magistrado del 26° Juzgado Civil de Santiago estaba por dictar sentencia en octubre recién pasado, el abogado defensor de Bío Bío Comunicaciones se opone a dicho cierre por no haberse acompañado a la prueba un video, del año 2018, sobre el cual los demandados aducen que, a raíz de un programa de Radio ADN lanzado al aire en mayo de 2018, el propio Eugenio González habría vertido acusaciones, sindicado a Tomás Mosciatti como la persona que en la ciudad de Concepción es conocido como el “Spiniak del Periodismo”, por lo que –a juicio del abogado del demandado- mal podría el demandante ejercer acción civil por daños y perjuicios tasados en un millón de dólares toda vez que habría sido él quien, previamente, atacó y agredió al periodista y abogado de Radio Bío Bío, vinculándolo, solapadamente, con temas de pederastia y pedofilia.

El próximo 28 de noviembre a las 9:30 hrs, por videoconferencia, ante el 26° Juzgado Civil de Santiago, deberá acompañarse un video, que data del año 2018, donde el conocido cientista político y operador Eugenio González, demandante en autos que se siguen en contra de Tomás Mosciatti y en contra de Bio Bio Comunicaciones por las presuntas ofensas, ataques personales, daños y perjuicios provocados en el cientista, habría atacado públicamente a Tomás Mosciatti señalándolo como “El Spiniak del Periodismo. Recordemos que, por concepto de daños, perjuicios y daño moral Eugenio González está solicitando al tribunal, como reparación y agravio a su persona, la suma de un millón de dólares americanos, más las costas procesales que resulten del juicio.

Como se expuso en un artículo anterior, a favor de Eugenio González, y en calidad de testigo, declaró el también abogado y periodista Santiago Escobar, uno de los fundadores del diario digital El Mostrador, quien sin tapujos, declara que el señor Mosciatti ha sobrepasado los límites éticos que debe existir en el periodismo y que utiliza sus programas para atacar personalmente a determinados ciudadanos, como habría sido el caso del ataque perpetrado hacia el cientista político Eugenio González a quien Tomás Mosciatti lo habría denostado, no una sino en repetidas veces, con el apelativo de “El Pingüino”.

Cuando el magistrado del 26 Juzgado Civil de Santiago, a fines de octubre pasado, resolvió “cítese a las partes a oír sentencia”, el abogado de Bio Bío Comunicaciones solicitó se decretase la nulidad de dicha resolución por no haberse acompañado, como medio de prueba, un video donde se exhibía el enlace de un programa en Radio ADN, correspondiente a mayo de 2018, en donde habría sido el propio demandante quien habría atacado a Tomás Mosciatti acusándolo con el calificativo de “Spiniak del Periodismo”, por lo que, a juicio del abogado del demandado, se hacía necesario que el señor González se hiciera cargo de sus palabras vertidas en aquella ocasión y para que explicase al tribunal si por aquel ataque, el señor Mosciatti habría o no deducido acción en su contra.   

En efecto, casi al final de la entrevista dada a Radio ADN el día 06 de mayo de 2018, hacia el minuto 22 del programa la Prueba de ADN, el cientista y operador Eugenio González Astudillo lanza sus dardos contra Tomás Mosciatti diciendo:

“Hay un problema de los periodistas muy importante. Hay periodistas que realmente informan, que son el vínculo que existe entre la Autoridad y la Opinión Pública, pero también algunos sectores periodísticos son carentes absolutamente de ética” y luego agrega al ser interpelado para que dé nombres: “Estamos hablando de Tomás Mosciatti que es el Presidente de una radio, que es un tipo que fue condenado por la justicia, un tipo que no está respetando las leyes laborales de la gente que trabaja con él como periodista; un tipo que además es conocido en Concepción como el “Spiniak del Periodismo”, un personaje que es oscuro y que es un personaje que hoy en estas materias pontifica, cuando resulta que su abogado personal Alejandro Espinoza fue el abogado que se reunió con Abbott, por lo tanto él sabía todo lo que está pasando, pero él (refiriéndose a Tomás Mosciatti) no toca estos temas”.

Fig. N°2: imagen que da cuenta que, a partir del minuto 22 de la entrevista a Eugenio González en Radio ADN, en mayo de 2018, el cientista arremete al final de la misma contra Tomás de Mosciatti argumentando que en la ciudad de Concepción es conocido como el “Spiniak del Periodismo”.


Tal es así que, entre las 43 preguntas contenidas en cuatro carillas, que le fueron formuladas al cientista político, se le conmina a establecer si comparar a alguien con una persona que fue condenada por abuso de menores, producción de material pornográfico y promoción de la prostitución, es un elogio o una denostación. Seguidamente, en la penúltima pregunta, se le preguntó al absolvente (al señor Eugenio González) que explique cómo se habría producido el daño moral que ascendería a unos 870 millones de pesos producto de los hechos descritos en la demanda.

Fig. N°3: Tercera carilla del pliego de posiciones formuladas al demandante Eugenio González Astudillo quien dedujo acción civil indemnizatoria contra Radio Bio Bio y contra Tomás Mosciatti por la suma de un millón de dólares americanos.


Es preciso hacer notar que, con fecha 19 de octubre del año en curso, el juez del 26 Juzgado Civil de Santiago, don Humberto Cortés Cortés, procedió a corregir de oficio la resolución de fecha 13 de junio que citó a las partes a oír sentencia, toda vez que se advirtió –por parte del abogado de Mosciatti- un defecto en la etapa procesal que podría acarrear un perjuicio a la parte demandada, en lo atingente a la producción de sus medios de prueba.

Seguidamente el magistrado Cortés señala que efectivamente la Secretaria del Tribunal certificó que no era posible acceder al enlace electrónico que contenía la entrevista realizada a Eugenio González en Radio ADN durante el mes de mayo de 2018, lo que fue objetado por el abogado de Bio Bio Comunicaciones puesto que éste indicó que a dicho enlace podía accederse desde cualquier navegador Chrome; por lo que el juez señala que la deficiencia anotada dejaría a la parte demandada sin la posibilidad de uno de sus medios probatorios fuera ponderado por el tribunal.

A continuación –señala el magistrado – atendido a que el documento de prueba ofrecido por Bio Bio Comunicaciones tiene al carácter de documento electrónico, el tribunal erró por no haber citado a la audiencia de percepción documental de rigor, por lo que el juez don Humberto Cortés procede a corregir de oficio los errores observados en la tramitación del procedimiento.

Finalmente, con el objetivo de restablecer el imperio de las garantías constitucionales y la vigencia real del derecho, evitando la ocurrencia de defectos que afecten tanto la igualdad ante la ley o el desequilibrio en la igual protección en el ejercicio de los derechos, el magistrado resuelve, en lo medular, lo siguiente:

a).- Que se deja sin efecto la resolución que citó a las partes a oír sentencia, debiendo eliminarse del boletín de fallos.

b).- Que se fija audiencia de percepción documental para el 28 de noviembre de 2022 a las 9:30 hrs, la que deberá realizarse por videoconferencia. La parte solicitante deberá asistir a la audiencia con los medios tecnológicos necesarios para la adecuada percepción, exhibiendo en pantalla, bajo apercibimiento de tener por no presentada la prueba.

Atendido el tiempo de duración del video y a la disponibilidad de la agenda, la audiencia deberá llevarse a cabo ante receptor judicial, debiendo Bio Bio Comunicaciones, con anterioridad a la diligencia, poner a disposición del tribunal un disco compacto, que contenga el video, para ser custodiado y entregado al receptor y terminada la audiencia deberá ser reintegrado a la custodia del tribunal.

De esta forma, el magistrado conmina a Tomás Mosciatti y a Bio Bio Comunicaciones a hacer entrega del disco compacto con el Programa de Radio ADN de mayo de 2018, en dependencias del tribunal, a más tardar el día 21 de noviembre próximo, entre las 9:00 y las 12:00 horas. Al mismo tiempo, se conmina al receptor judicial Marco Marihuan Garrido, que tomó la absolución de posiciones al demandante, Eugenio González, para que acompañe a la causa el pliego de posiciones respectivo.

Sólo una vez concluida esta diligencia, el tribunal deberá ponderar toda la documentación que las partes acompañaron como medios de prueba y dictar una sentencia en la cual se dé la razón a una u otra parte; sentencia de primera instancia, la que conoceremos antes que culmine el presente año y que, de seguro, será recurrida por la parte vencida ante los tribunales superiores de justicia.

Fig. N°4: última carilla con las cuatro preguntas finales, de un total de 43, que le fueran formuladas al absolvente Eugenio González a raíz de su demanda interpuesta en contra de Tomás Mosciatti y Radio Bío Bío.


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