Junaeb bajo la lupa: SOSER, las modificaciones contractuales y la trama que ahora alcanza al Congreso

Junaeb bajo investigación por contratos de SOSER y vínculo con exjefe jurídico
Redacción El Minuto
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La investigación por las denominadas “onces fantasmas” de Junaeb dejó de ser una controversia circunscrita a contratos de alimentación escolar en la Región de O’Higgins y entró esta semana en una fase de mayor complejidad penal.

Los allanamientos ejecutados por la Policía de Investigaciones (PDI), bajo instrucciones de la Fiscalía de Alta Complejidad Oriente, alcanzaron dependencias de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, domicilios de personas vinculadas a la investigación y oficinas del Congreso Nacional relacionadas con los senadores Sergio Gahona y Miguel Ángel Calisto. La causa investiga eventuales delitos de cohecho, tráfico de influencias y fraude al fisco, en una arista que también involucra a empresarios, exfuncionarios públicos y otras personas vinculadas al Programa de Alimentación Escolar (PAE).

El caso tiene como uno de sus principales focos a SOSER S.A., empresa proveedora de alimentación escolar que obtuvo contratos de Junaeb en O’Higgins.

Pero detrás de los montos millonarios denunciados existe una trama mucho más extensa: bases de licitación, raciones proyectadas que no habrían sido efectivamente servidas, modificaciones contractuales, pagos garantizados, correos institucionales recuperados, decisiones administrativas y el posterior vínculo laboral entre un exjefe jurídico de Junaeb y la empresa cuestionada.

La investigación actual intenta establecer si se trató de una sucesión de decisiones administrativas discutibles o si, por el contrario, existió un mecanismo coordinado destinado a beneficiar a particulares utilizando recursos públicos.

Esa diferencia será fundamental.

Porque una irregularidad administrativa no necesariamente constituye un delito. Para llegar a una responsabilidad penal, el Ministerio Público deberá acreditar conductas concretas, participación individual, intención y los demás elementos exigidos por cada figura penal investigada.

El origen de una investigación que comenzó con las “onces fantasmas”

La primera gran alerta surgió a partir de una revisión interna de Junaeb sobre los contratos de alimentación escolar adjudicados a SOSER en O’Higgins.

La actual administración del organismo, encabezada por Fernando Peña, denunció ante el Ministerio Público antecedentes que, según sus conclusiones preliminares, podrían constituir delitos.

El punto más llamativo estaba relacionado con las raciones de once.

De acuerdo con los antecedentes entregados por Junaeb, durante distintos períodos se habrían programado cantidades de raciones que no coincidían con las efectivamente servidas.

La denuncia llegó a cuantificar en alrededor de $14 mil millones los pagos garantizados asociados a onces que, según la actual administración, no fueron entregadas en los establecimientos educacionales de O’Higgins durante el período investigado.

El caso ya había sido objeto de revisión con anterioridad. Sin embargo, la nueva administración sostuvo que existían antecedentes adicionales que permitían abrir otras líneas de investigación.

Entre ellos apareció el vínculo posterior de Alejandro Layseca, exjefe jurídico de Junaeb, con SOSER.

Ese elemento temporal —su intervención mientras ejercía funciones públicas y su posterior llegada a la empresa— se convirtió en uno de los antecedentes que la actual dirección del organismo considera relevantes.

Layseca dejó Junaeb en septiembre de 2022 y posteriormente tuvo pasos por otros organismos públicos antes de incorporarse a SOSER en 2025.

La existencia de esa relación laboral, por sí sola, no acredita un delito. La pregunta que debe responder la investigación es otra: si existió algún acuerdo, coordinación, interés incompatible o beneficio previo o posterior relacionado con las decisiones adoptadas durante su permanencia en Junaeb.

La licitación que abrió el camino

Para comprender el caso es necesario retroceder hasta el proceso de licitación que permitió a SOSER hacerse cargo del servicio de alimentación escolar en O’Higgins.

La contratación formó parte de un proceso que distribuyó el servicio entre distintas empresas y territorios.

Una de las características que posteriormente adquirió importancia fue el sistema de valorización de las prestaciones.

Según los antecedentes revisados por Junaeb, las bases no establecieron bandas de precios para cada uno de los servicios de alimentación.

Esto permitió que las empresas participantes formularan ofertas diferentes para desayunos, almuerzos, onces y otras prestaciones.

En el caso de SOSER, los valores ofrecidos para determinadas raciones llamaron posteriormente la atención de los investigadores.

La once de educación básica, por ejemplo, habría pasado de valores cercanos a $6.522 en el período inicial a $7.895 durante 2022 y $8.680 durante 2023, de acuerdo con antecedentes difundidos durante la investigación.

El problema que plantea la actual administración no es únicamente el precio.

Es la combinación entre precio, cantidad proyectada, porcentaje garantizado y prestación efectivamente ejecutada.

Cuando esos cuatro elementos se cruzan, aparece la pregunta central del caso:

¿Cuánto pagó efectivamente el Estado por un servicio que no llegó a prestarse y bajo qué condiciones contractuales se permitió ese pago?

O’Higgins y las raciones que no llegaron a las escuelas

La investigación interna puso especial atención en O’Higgins.

Según los antecedentes aportados por Junaeb, durante 2021 se proyectaron cientos de miles de raciones de once para la región, en un contexto marcado por las restricciones sanitarias derivadas de la pandemia.

El dato adquiere relevancia porque la cantidad proyectada debía utilizar información histórica y variables de demanda.

La actual administración cuestionó que se hubieran mantenido o incrementado determinadas proyecciones cuando el sistema educacional se encontraba funcionando bajo condiciones excepcionales.

En los antecedentes públicos de la denuncia aparece como referencia el año 2021, cuando se habrían programado 814.087 raciones, mientras Junaeb sostiene que no se habría servido ninguna de ellas.

El sistema contractual, sin embargo, contemplaba un mecanismo de pago mínimo garantizado.

Inicialmente, el porcentaje garantizado correspondía al 40% del valor de las raciones, independientemente de la cantidad finalmente ejecutada.

Esa estructura significaba que la empresa podía recibir recursos aun cuando la prestación efectiva fuera inferior a la cantidad inicialmente proyectada.

En 2022, esa ecuación cambió.

Y allí aparece uno de los puntos centrales de la investigación.

El salto del 40% al 60%

Durante 2022 se produjo una modificación contractual que elevó el porcentaje de pago mínimo garantizado desde 40% a 60%.

La modificación fue justificada por Junaeb, según antecedentes publicados, en factores como el impacto de la pandemia, la inflación y las variaciones en la cantidad de raciones.

Pero la forma en que se realizó el cambio es ahora objeto de revisión.

Uno de los protagonistas de esa etapa fue Alejandro Layseca, quien entonces ejercía como jefe jurídico de Junaeb.

Un correo electrónico de agosto de 2022, posteriormente recuperado por la actual administración y presentado ante la Fiscalía, aparece entre los antecedentes utilizados para reconstruir cómo se tomó la decisión.

El mensaje habría recomendado utilizar resoluciones exentas para modificar los contratos de licitaciones anteriores. Según la denuncia de Junaeb, esto habría permitido evitar un nuevo paso por el control de legalidad de Contraloría.

Ese punto es especialmente sensible.

No porque toda resolución exenta sea irregular, sino porque Contraloría posteriormente observó que las modificaciones introducidas a los contratos originales debieron haber sido sometidas a control de legalidad, dado que alteraban las condiciones inicialmente pactadas.

La discusión, por tanto, no es meramente formal.

La pregunta jurídica consiste en determinar si el procedimiento utilizado para modificar los contratos fue correcto y si quienes participaron conocían o debían conocer las consecuencias jurídicas de esas modificaciones.

El correo que permaneció en el servidor

Uno de los elementos que la actual dirección de Junaeb considera relevantes es un correo electrónico que había sido eliminado y que posteriormente pudo ser recuperado desde los servidores institucionales.

El mensaje está fechado el 12 de agosto de 2022 y llevaba como asunto “Modificación de contratos”.

El documento fue enviado por Layseca a funcionarios vinculados al área de alimentación estudiantil y copiado a autoridades de la institución, entre ellas la entonces directora nacional Camila Rubio.

La existencia del correo permitió a la actual administración reconstruir una parte de la cadena de decisiones.

Según lo denunciado por Junaeb, Layseca recomendaba una vía administrativa para modificar contratos anteriores mediante resoluciones exentas.

La autoridad actual interpreta ese antecedente como relevante porque la licitación original sí había estado sometida a control de legalidad.

La defensa de la actuación administrativa, sin embargo, deberá ser examinada dentro del proceso investigativo.

Y aquí aparece una distinción fundamental para comprender la causa:

que una decisión haya sido posteriormente cuestionada por Contraloría no significa automáticamente que quienes participaron hayan cometido un delito.

La Fiscalía deberá establecer si existió intención, beneficio indebido, coordinación previa, perjuicio patrimonial y participación concreta de cada persona.

El dato que cambió la investigación: Layseca terminó trabajando para SOSER

La situación adquirió una dimensión distinta cuando se conoció que Alejandro Layseca comenzó a trabajar para SOSER en 2025.

El abogado había participado anteriormente en procesos vinculados con las modificaciones contractuales que ahora están bajo investigación.

Ese antecedente fue presentado por la actual administración de Junaeb como un elemento adicional para solicitar que el Ministerio Público profundizara la investigación.

El caso plantea una pregunta evidente:

¿Existió alguna relación entre las decisiones adoptadas mientras Layseca ejercía funciones en Junaeb y su posterior contratación por SOSER?

Por ahora, esa pregunta no tiene una respuesta judicial.

La empresa ha defendido la contratación.

Representantes de SOSER han sostenido que el vínculo laboral se produjo posteriormente y que Layseca era un profesional conocido dentro del sector. La compañía también ha rechazado que forme parte de un sistema de fraude.

Ese antecedente debe ser incorporado al análisis periodístico y judicial.

Porque una investigación seria no puede limitarse a una sola versión.

Debe contrastar las acusaciones, las explicaciones de los investigados, los documentos y las conclusiones de los organismos fiscalizadores.

De los contratos a una posible trama de corrupción

La investigación judicial actual amplió considerablemente el foco.

Ya no se trata solamente de establecer si hubo pagos por servicios no prestados.

La Fiscalía está indagando si pudieron existir presiones, entrega de información reservada, gestiones destinadas a favorecer licitaciones y eventuales pagos ilícitos.

Según los antecedentes difundidos este jueves, la investigación apunta a eventuales delitos de cohecho, tráfico de influencias y fraude al fisco, además de otras figuras que podrían surgir durante la investigación.

Fernando Peña explicó públicamente que la nueva línea investigativa es complementaria a la denuncia original de Junaeb.

El director sostuvo que los antecedentes iniciales estaban relacionados con eventuales delitos como fraude al fisco, prevaricación, negociación incompatible y conflicto de intereses, mientras que ahora la Fiscalía incorporó nuevas hipótesis vinculadas a coimas y cohecho.

La ampliación de la investigación es significativa.

Implica que el Ministerio Público busca determinar no solamente qué ocurrió con los contratos, sino también si existió una estructura de influencia destinada a intervenir en las decisiones públicas.

El Congreso entra en escena

El caso dio un salto político cuando las diligencias de la Fiscalía y la PDI llegaron hasta el Congreso Nacional.

Las oficinas relacionadas con los senadores Sergio Gahona y Miguel Ángel Calisto fueron objeto de allanamientos durante la jornada del 20 de agosto.

La investigación busca determinar el eventual papel que pudieron haber tenido autoridades políticas en gestiones relacionadas con los contratos y proveedores de Junaeb.

La Fiscalía indaga una posible entrega de información reservada y eventuales presiones para favorecer intereses privados en procesos de contratación.

De acuerdo con lo informado por el director de Junaeb, la existencia de parlamentarios en ejercicio y excongresistas dentro de la nueva línea investigativa fue conocida por la propia autoridad a través de la orden judicial.

Desconozco el detalle y la profundidad de esos vínculos”, señaló Peña al ser consultado.

Posteriormente indicó que la Fiscalía investigaba a los parlamentarios por delitos vinculados a coima y cohecho.

La precisión es importante: estar mencionado o investigado no equivale a estar condenado.

La determinación de responsabilidades corresponde al proceso penal y, eventualmente, a los tribunales.

¿Qué busca la Fiscalía en los teléfonos y computadores?

Las diligencias de la PDI no tienen únicamente un objetivo documental.

La incautación de teléfonos celulares, computadores y otros dispositivos permite a los investigadores reconstruir comunicaciones.

En una causa de estas características, los mensajes pueden ser determinantes.

Una conversación podría establecer quién solicitó información.

Un correo podría revelar cuándo se tomó una decisión.

Una llamada podría permitir reconstruir una coordinación.

Una transferencia bancaria podría establecer una conexión financiera.

Y una reunión podría ayudar a determinar si existió una gestión específica vinculada con una licitación.

Por eso, la incautación de dispositivos electrónicos constituye una de las diligencias más relevantes de la jornada.

El objetivo no es solamente encontrar documentos.

Es reconstruir la cadena de decisiones.

La dimensión financiera del caso

Otra de las líneas que puede adquirir especial importancia es la trazabilidad del dinero.

Si la Fiscalía investiga eventuales delitos de cohecho, fraude al fisco o lavado de activos, será necesario determinar qué ocurrió con los recursos después de que fueron pagados por el Estado.

Eso implica revisar transferencias, depósitos, pagos a terceros, sociedades relacionadas, honorarios, préstamos, movimientos entre cuentas y cualquier operación que pueda resultar relevante.

El análisis financiero puede responder una pregunta esencial:

¿El dinero terminó únicamente en las cuentas de las empresas contratistas o existieron transferencias posteriores hacia personas relacionadas con las decisiones administrativas?

Hasta ahora, la existencia de una investigación bancaria no significa que se haya acreditado un pago ilícito.

La respuesta dependerá de los antecedentes que logre reunir el Ministerio Público.

Los funcionarios que aparecen en la cadena de decisiones

La investigación también ha puesto bajo revisión el papel de funcionarios y exfuncionarios que participaron en diferentes etapas del proceso.

Entre ellos aparece el entonces jefe jurídico Alejandro Layseca, la exdirectora Camila Rubio y funcionarios vinculados al Departamento de Alimentación Estudiantil.

La revisión busca determinar quién propuso las modificaciones, quién las autorizó, quién elaboró los antecedentes técnicos y quién tuvo conocimiento de las condiciones reales de las prestaciones.

Esta reconstrucción resulta fundamental.

En una contratación pública, las decisiones no son tomadas por una sola persona.

Existen unidades técnicas, jurídicas, administrativas y autoridades superiores.

Por eso, una investigación penal debe establecer con precisión qué hizo cada funcionario, qué sabía, qué documentos tuvo a la vista y qué decisión adoptó.

La pregunta sobre las raciones

En el fondo de la investigación existe una cuestión aparentemente simple:

¿Cuántas raciones se contrataron y cuántas se entregaron realmente?

La respuesta parece sencilla, pero jurídicamente requiere revisar múltiples fuentes.

Los investigadores deberán comparar las órdenes de compra con las facturas.

Las facturas con los registros de entrega.

Los registros de entrega con los establecimientos educacionales.

Los establecimientos con las nóminas de estudiantes.

Y todos esos antecedentes con los sistemas informáticos de Junaeb.

Si se acredita que hubo raciones cobradas pero no entregadas, será necesario establecer quién ingresó la información, quién certificó las prestaciones y quién autorizó los pagos.

Si además se comprueba que hubo manipulación deliberada de registros o documentos falsificados, la investigación podría adquirir una dimensión penal adicional.

La industria de alimentación escolar y la puerta giratoria

El caso SOSER también abrió un debate más amplio sobre las relaciones entre el Estado y las empresas que participan en licitaciones públicas.

La contratación de exfuncionarios por compañías que anteriormente fueron proveedoras del organismo donde trabajaron constituye un fenómeno que puede generar cuestionamientos de conflicto de interés, transparencia y probidad, aunque no necesariamente implique por sí mismo una infracción penal.

En el caso particular de Layseca, la preocupación surge porque su posterior incorporación a SOSER ocurrió después de haber participado en decisiones jurídicas vinculadas con contratos de la empresa.

Ese hecho no demuestra automáticamente una conducta ilícita.

Pero sí justifica que la relación sea examinada con especial atención por los organismos competentes.

La investigación debe determinar si hubo conversaciones previas, acuerdos laborales anticipados o cualquier otra circunstancia que permita establecer una conexión entre ambos períodos.

Una investigación que viene de antes

El caso tampoco nació con los allanamientos de agosto de 2026.

Las irregularidades relacionadas con los contratos de SOSER y las raciones no entregadas ya habían sido objeto de investigaciones y revisiones anteriores.

La propia empresa realizó una autodenuncia ante el Ministerio Público por antecedentes relacionados con el caso y, según información publicada por Bío Bío, esa causa terminó con un sobreseimiento.

La actual administración de Junaeb sostiene que la nueva denuncia incorpora antecedentes adicionales, entre ellos el vínculo posterior de Layseca con SOSER y nuevos antecedentes documentales.

La empresa, en cambio, ha cuestionado que se trate de hechos completamente nuevos y ha sostenido que parte de los antecedentes ya estaban incorporados en investigaciones anteriores.

Esta diferencia será relevante para determinar qué elementos son efectivamente nuevos y cuáles ya fueron conocidos por los organismos investigadores.

Contraloría y el punto jurídico de las modificaciones

La participación de Contraloría también resulta central.

Según antecedentes publicados durante la investigación, el organismo contralor revisó el procedimiento utilizado para modificar los contratos y determinó que, al existir modificaciones respecto de los acuerdos originales, los actos administrativos correspondientes debieron haber sido sometidos a control de legalidad.

Este punto permite distinguir dos niveles de responsabilidad.

El primero es administrativo: determinar si Junaeb actuó conforme a las reglas de contratación pública y control de legalidad.

El segundo es penal: determinar si alguien utilizó deliberadamente el procedimiento administrativo para favorecer a un tercero, provocar un perjuicio patrimonial o recibir algún beneficio indebido.

La Fiscalía deberá construir ese puente con pruebas.

Cuando una irregularidad administrativa puede transformarse en delito

La investigación deberá responder una serie de preguntas.

¿Quién propuso las modificaciones?

¿Quién las autorizó?

¿Quién sabía que el servicio no estaba siendo efectivamente prestado?

¿Quién determinó las cantidades de raciones?

¿Quién certificó las entregas?

¿Quién autorizó los pagos?

¿Existió información reservada entregada a empresas?

¿Hubo funcionarios que recibieron beneficios?

¿Existieron pagos o favores a cambio de decisiones?

¿Hubo coordinación con personas externas a Junaeb?

¿Las contrataciones posteriores de exfuncionarios estaban previamente acordadas?

Cada una de estas preguntas requiere evidencia.

No basta una coincidencia temporal.

No basta un correo aislado.

No basta un contrato.

Y tampoco basta una contratación posterior.

La responsabilidad penal exige establecer la conexión entre conducta, intención, beneficio y resultado, según el delito que eventualmente se impute.

El impacto sobre los recursos públicos

El caso tiene además una dimensión que trasciende a sus protagonistas.

Los recursos involucrados pertenecen al Estado y estaban destinados a un programa de alimentación dirigido a estudiantes.

El PAE representa una política pública de enorme impacto social.

Por eso, cualquier eventual fraude no sería solamente una pérdida contable.

También implicaría una afectación directa a un programa destinado a garantizar alimentación a niños, niñas y adolescentes.

La pregunta sobre los millones pagados debe ir acompañada de otra:

¿Qué ocurrió con los estudiantes que debían recibir esas prestaciones?

La investigación penal deberá establecer responsabilidades.

Pero la revisión administrativa debe ir todavía más lejos y determinar si los sistemas de control de Junaeb permitieron que durante años se mantuvieran mecanismos capaces de generar pagos sin una verificación suficientemente robusta de la prestación efectiva.

La investigación que ahora comienza a mirar hacia adentro

Los allanamientos de esta jornada representan un punto de inflexión.

Hasta ahora, la discusión pública se había concentrado principalmente en la empresa proveedora y en los contratos de alimentación.

Hoy, la investigación alcanza también a funcionarios públicos, exautoridades y parlamentarios, mientras la Fiscalía intenta reconstruir una eventual red de relaciones.

La presencia del Congreso en la investigación demuestra que el Ministerio Público está siguiendo líneas que van más allá de la ejecución contractual.

La pregunta ahora es si las diligencias permitirán encontrar evidencia de una coordinación entre quienes tenían capacidad de decisión dentro del Estado y quienes buscaban obtener beneficios económicos mediante contratos públicos.

La presunción de inocencia como límite indispensable

La gravedad de los antecedentes obliga también a establecer un límite.

Ninguna de las personas investigadas puede ser considerada culpable mientras no exista una sentencia judicial firme.

Una orden de allanamiento significa que un tribunal autorizó una diligencia de investigación.

Una incautación significa que la Fiscalía obtuvo autorización para recoger elementos que considera relevantes.

La calidad de imputado tampoco equivale a una condena.

Será la investigación la que determine si existen antecedentes suficientes para formular cargos y será finalmente un tribunal el que establezca responsabilidades penales.

Este principio resulta especialmente importante cuando la causa involucra figuras públicas, empresarios y funcionarios.

El verdadero alcance del caso SOSER

El caso ya no puede ser reducido a una discusión sobre el precio de una once.

Lo que se encuentra bajo investigación es un modelo de contratación pública y la cadena de decisiones que permitió que determinados pagos fueran realizados bajo condiciones que hoy son cuestionadas por la propia institución.

El expediente contiene varias piezas que deberán ser ensambladas:

las bases de licitación;

las ofertas económicas;

las cantidades de raciones proyectadas;

los registros de prestaciones;

las modificaciones contractuales;

los correos institucionales;

las decisiones de los funcionarios;

los movimientos financieros;

las comunicaciones entre particulares y autoridades;

y las eventuales gestiones realizadas ante organismos públicos.

Solo cuando todos esos elementos sean contrastados podrá establecerse si existió un esquema delictivo.

Conclusión: la pregunta ya no es solo cuánto se pagó

La investigación por las denominadas “onces fantasmas” de Junaeb entró en una etapa decisiva.

La causa comenzó con una denuncia sobre pagos asociados a prestaciones que, según la actual administración, no habrían sido entregadas.

Después aparecieron las modificaciones contractuales.

Luego surgió el correo electrónico recuperado desde los servidores institucionales.

Posteriormente se conoció que el exjefe jurídico que participó en esas decisiones terminó trabajando para la empresa cuestionada.

Y ahora la investigación penal alcanza a parlamentarios, empresarios y otros actores, mientras la PDI incauta dispositivos electrónicos y documentación para reconstruir las comunicaciones y movimientos financieros relacionados con la causa.

La magnitud de los recursos involucrados —más de $14 mil millones según los antecedentes denunciados por Junaeb— explica la relevancia pública del caso.

Pero el verdadero desafío para el Ministerio Público será demostrar qué ocurrió detrás de esas cifras.

¿Quién tomó las decisiones?

¿Quién sabía que determinadas prestaciones no se estaban realizando?

¿Por qué se modificaron los contratos?

¿Por qué aumentó el porcentaje de pago garantizado?

¿Por qué se utilizó el mecanismo de resolución exenta?

¿Existió información reservada entregada a particulares?

¿Hubo pagos, favores o promesas a funcionarios o autoridades?

¿Existió una relación previa entre quienes tomaron las decisiones y quienes posteriormente recibieron beneficios?

Y, finalmente, una pregunta que resume toda la investigación:

¿Se trató de errores administrativos, negligencias acumuladas o de un mecanismo deliberado para utilizar recursos públicos en beneficio de intereses privados?

La respuesta no estará en una sola declaración.

Estará en los contratos, los correos, los teléfonos incautados, los registros bancarios, los sistemas informáticos y en la trazabilidad de cada peso pagado.

Mientras eso no ocurra, los antecedentes deben ser tratados como hipótesis investigativas y no como delitos probados.

Pero la dimensión de las diligencias realizadas esta semana demuestra que para la Fiscalía el caso ya adquirió una relevancia que supera ampliamente el problema de una licitación.

Ahora se investiga si detrás de los contratos de alimentación escolar existió una red de decisiones, influencias y eventuales beneficios indebidos capaz de comprometer recursos públicos y afectar uno de los programas sociales más importantes del Estado.

El expediente SOSER recién comienza a mostrar su verdadera dimensión.