Una aprobación que pone bajo la lupa el sistema de permisos
Hay decisiones administrativas que pueden ser jurídicamente defendibles y, al mismo tiempo, generar una pregunta institucional que no desaparece con la firma de una resolución:
¿Cómo llegó el Estado a esa decisión y puede la ciudadanía reconstruir el camino que llevó hasta ella?
El caso del proyecto Planta de Producción de Sales de Potasio en el Salar de Atacama, de la Sociedad Legal Minera NX Uno de Peine, del Grupo Errázuriz, reúne precisamente esas preguntas.
La iniciativa, valorizada en aproximadamente US$142 millones, llevaba cerca de 17 años en tramitación ambiental. Durante ese período enfrentó rechazos en cuatro gobiernos y observaciones técnicas vinculadas, entre otras materias, a la posibilidad de infiltraciones de sales de descarte hacia aguas subterráneas del Salar de Atacama.
En marzo de 2026, el proyecto fue incorporado entre los 51 proyectos de inversión prioritarios de la administración, dentro de una estrategia diseñada para acelerar iniciativas que permanecían detenidas o demoradas en sus procesos de permisos.
Dos meses después, el 7 de mayo de 2026, el Comité de Ministros acogió la reclamación presentada por la empresa y aprobó el proyecto.
El dato que transforma el caso en un asunto de interés público es que la aprobación llegó después de que el Sernageomin mantuviera reparos respecto de la suficiencia de los antecedentes técnicos entregados por el titular.
El organismo especializado había señalado que no podía acreditarse que las potenciales infiltraciones asociadas al almacenamiento de sales de descarte fueran incapaces de afectar aguas subterráneas o superficiales.
La decisión ministerial no significa que el proyecto haya sido declarado ambientalmente riesgoso. Tampoco demuestra por sí sola una actuación ilegal.
Pero sí deja una cuestión abierta: por qué una observación que durante años formó parte del problema ambiental del proyecto terminó siendo desplazada desde la evaluación ambiental hacia una etapa posterior de permisos sectoriales.
Y esa pregunta adquiere otra dimensión cuando se observa el contexto político en que se produjo la aprobación.
El proyecto que sobrevivió a cuatro Gobiernos
Diecisiete años dentro del sistema
NX Uno de Peine no es un proyecto nuevo.
Su historia dentro del sistema ambiental se extendió durante aproximadamente 17 años, atravesando cuatro gobiernos y diferentes etapas de evaluación.
Según los antecedentes contenidos en el material revisado, la iniciativa fue rechazada durante esas administraciones debido a que el titular no habría respondido satisfactoriamente un requerimiento formulado por Sernageomin relacionado con la posible infiltración de sales de descarte hacia las aguas subterráneas del salar.
La duración del procedimiento constituye uno de los argumentos centrales utilizados por el Gobierno para justificar la necesidad de acelerar determinados proyectos.
Desde esa perspectiva, NX Uno de Peine encaja perfectamente en el problema que la administración buscó enfrentar: una inversión que permanecía durante años atrapada en distintas etapas de autorización.
Pero la duración de una tramitación no resuelve por sí misma la cuestión técnica.
Un proyecto puede estar detenido durante muchos años porque existen obstáculos burocráticos innecesarios.
También puede permanecer detenido porque persisten materias técnicas que requieren ser resueltas.
La diferencia entre ambos escenarios es fundamental.
El plan contra la “permisología”
Hacienda crea un sistema de seguimiento
Durante la administración de Jorge Quiroz en el Ministerio de Hacienda se impulsó una estrategia para acelerar la tramitación de proyectos de inversión.
El instrumento descrito en los antecedentes es el Comité de Proyectos en el SEIA, integrado por las subsecretarías de Economía, Interior, Medio Ambiente y Hacienda.
El propósito declarado era realizar seguimiento a los proyectos, detectar retrasos y coordinar la respuesta de los organismos públicos que debían intervenir en sus procesos.
La lógica es comprensible desde el punto de vista económico.
Si un proyecto cumple las exigencias legales y ambientales, no existe razón para que una demora burocrática innecesaria impida su ejecución durante años.
El problema aparece cuando la aceleración de un expediente se produce en paralelo con reparos técnicos todavía abiertos.
Ahí surge la pregunta que atraviesa todo el caso:
¿Acelerar significa solamente hacer que los organismos respondan más rápido o también puede cambiar la forma en que determinadas observaciones son consideradas dentro del procedimiento?
La respuesta es especialmente importante en un proyecto localizado en el Salar de Atacama, donde el componente hídrico constituye una materia ambiental sensible.
Un programa anunciado antes de llegar al Gobierno
Los antecedentes revisados indican que Jorge Quiroz había anunciado, antes de asumir como ministro, una estrategia de coordinación para evitar retrasos en la toma de decisiones administrativas.
La propuesta contemplaba advertir con anticipación a los ministros cuando algún funcionario subordinado debía emitir un informe y generar una coordinación estrecha desde Hacienda.
En agosto de 2025, además, Quiroz planteó públicamente la necesidad de convocar al Consejo de Ministros para aprobar proyectos de inversión que se encontraban detenidos.
El proyecto NX Uno de Peine terminó precisamente dentro de ese universo de iniciativas que el Gobierno buscaba destrabar.
Marzo de 2026: Nx uno entra al grupo de los proyectos prioritarios
La iniciativa vuelve al centro de la discusión
En marzo de 2026, el Gobierno incluyó a la minera del Grupo Errázuriz entre los 51 proyectos de inversión prioritarios.
La medida significó que el proyecto pasara a estar bajo un esquema de seguimiento especial dentro de la estrategia de aceleración de inversiones.
Hasta ese momento, el expediente seguía cargando con el problema que había impedido su aprobación durante años.
La pregunta técnica relacionada con las posibles infiltraciones no había desaparecido.
Y sería precisamente en marzo y abril cuando el intercambio entre el SEA y Sernageomin volvería a poner esa cuestión sobre la mesa.
El informe del 23 de marzo: la incertidumbre técnica continúa
El SEA vuelve a consultar al Sernageomin
Después de que el proyecto fuera rechazado por la autoridad ambiental de Antofagasta, sus titulares prepararon un recurso de reclamación solicitando que la iniciativa fuera aprobada.
Ante ese nuevo escenario, el Servicio de Evaluación Ambiental pidió a Sernageomin que se pronunciara sobre el cumplimiento de los criterios técnicos necesarios para obtener el permiso sectorial.
El 23 de marzo de 2026, Sernageomin respondió.
La conclusión, según los antecedentes revisados, fue que persistían incertidumbres en los estudios de la empresa para descartar efectos sobre el flujo subterráneo del salar.
Ese punto es crucial.
El organismo técnico no estaba diciendo necesariamente que el proyecto contaminaría las aguas.
Lo que señalaba era que los antecedentes disponibles no permitían descartar adecuadamente esa posibilidad.
En una evaluación ambiental, esa diferencia es determinante.
El 9 de Abril: Sernageomin vuelve a decir que los antecedentes no son suficientes
El segundo pronunciamiento
Cuatro días después del primer requerimiento, el SEA volvió a solicitar antecedentes a Sernageomin.
Esta vez pidió que el servicio determinara si los estudios presentados eran suficientes y si las potenciales infiltraciones podrían generar contaminación capaz de perturbar flujos de agua subterránea o superficial.
El 9 de abril de 2026, llegó la segunda respuesta.
Sernageomin sostuvo:
“Los antecedentes presentados no permiten acreditar que las potenciales infiltraciones asociadas al apilamiento de sales de descarte no sean capaces de generar una eventual contaminación susceptible de perturbar flujos de agua subterránea o superficiales”.
La frase concentra el principal conflicto técnico del caso.
El organismo sectorial especializado decía que no podía acreditarse técnicamente que el riesgo estuviera descartado.
El Comité de Ministros, sin embargo, adoptaría posteriormente una interpretación diferente respecto del alcance de esa exigencia.
El Comité de Ministro cambia el escenario
Del reparo técnico a la aprobación
El 7 de mayo de 2026, el Comité de Ministros acogió la reclamación de la Sociedad Legal Minera NX Uno de Peine.
La instancia consideró que los requerimientos formulados por Sernageomin se habían extendido a materias que, según la resolución, no tendrían un vínculo causal con los resultados de la nueva modelación hidrológica presentada por el titular.
Ese razonamiento permitió que el proyecto obtuviera luz verde.
Pero la cuestión técnica no desapareció completamente.
Los antecedentes requeridos por Sernageomin fueron desplazados hacia la tramitación sectorial, estableciéndose que la empresa debía presentar el estudio antes de la operación del proyecto.
El punto que genera la mayor controversia
Aquí se encuentra uno de los aspectos más delicados de todo el expediente.
Si el estudio era necesario para que el proyecto pudiera operar, la pregunta pública es inevitable:
¿Por qué esa información podía quedar pendiente después de la aprobación ambiental?
Desde el punto de vista jurídico, puede existir una diferencia entre la evaluación ambiental y las autorizaciones sectoriales posteriores.
Pero desde el punto de vista de la confianza pública, esa diferencia necesita ser explicada con precisión.
Porque el ciudadano que observa el proceso puede formular una pregunta sencilla:
Si el antecedente era relevante para autorizar la operación, ¿por qué no era necesario para resolver definitivamente la evaluación ambiental?
Esa es una pregunta que corresponde responder con el expediente, la resolución del Comité de Ministros y los antecedentes técnicos, no mediante declaraciones políticas.
El grupo Errázuriz y el antecedente Quiroz
Una relación profesional anterior que vuelve a aparecer
El segundo eje del caso es distinto al técnico.
Tiene que ver con Jorge Quiroz, actual ministro de Hacienda, y su relación profesional previa con el Grupo Errázuriz.
Durante 2025, el conglomerado contrató a Quiroz & Asociados para realizar un estudio relacionado con la alianza entre Codelco y SQM para la explotación del litio.
El informe tuvo entre sus autores a Jorge Quiroz y Tomás Bunster.
Posteriormente, Bunster fue designado como coordinador de Regulación Económica del Ministerio de Hacienda y quedó a cargo del seguimiento de proyectos de inversión monitoreados por la cartera.
La coincidencia de ambos antecedentes es la que alimenta el debate público.
No demuestra por sí sola una intervención indebida.
Tampoco demuestra que el ministro haya intervenido directamente en la aprobación ambiental.
Pero sí plantea una cuestión institucional:
¿Qué mecanismos de prevención de conflictos de interés se aplicaron y qué información existe sobre las actuaciones de quienes participaron en el seguimiento del proyecto?
Quiroz niega haber aprobado proyectos
La disputa por el alcance de la política de Hacienda
Después de la publicación del reportaje de CIPER que puso estos antecedentes en discusión, el ministro Jorge Quiroz sostuvo que la información era “totalmente falsa”, argumentando que a él no le corresponde aprobar proyectos.
Ese punto requiere una precisión.
Los antecedentes revisados no sostienen que Jorge Quiroz haya firmado directamente la aprobación ambiental de NX Uno de Peine.
La discusión es diferente.
El cuestionamiento se refiere a la creación de un mecanismo de seguimiento y aceleración de proyectos desde Hacienda y a la coincidencia entre ese mecanismo, el proyecto del Grupo Errázuriz y los vínculos profesionales previos mencionados.
El propio ministro, según el documento, sostuvo que las políticas gubernamentales habían buscado “apurar los procesos de toma de decisiones de los organismos”, sin empujar posiciones negativas o positivas.
Esa declaración constituye un elemento importante para entender el caso.
La discusión, por tanto, no es si Hacienda tenía formalmente la facultad de conceder el permiso ambiental.
La pregunta es qué papel desempeñó el sistema de coordinación creado desde Hacienda en el seguimiento de los proyectos priorizados y qué nivel de trazabilidad existe sobre ese trabajo.
El problema de las actas que no existen
¿Quién decidió qué proyecto se aceleraba?
Uno de los antecedentes más relevantes del reportaje fuente apunta a la falta de documentación pública sobre el funcionamiento del Comité de Proyectos en el SEIA.
La investigación citada señala que no se elaboran actas de las sesiones del comité.
Tampoco existirían registros públicos de los informes o análisis realizados por Hacienda respecto de los proyectos que buscaba acelerar.
Esto genera un problema de trazabilidad.
Si un Estado decide priorizar 51 proyectos entre cientos o miles de iniciativas en tramitación, resulta razonable que exista documentación que permita conocer:
qué criterios se utilizaron;
qué antecedentes fueron considerados;
qué organismos participaron;
qué instrucciones se impartieron;
qué proyectos fueron priorizados y por qué;
y qué actuaciones concretas realizó cada autoridad.
Sin esa información, la ciudadanía puede conocer el resultado, pero no necesariamente reconstruir el camino administrativo que llevó hasta él.
Cuando acelerar se convierte en una pregunta de transparencia
La “permisología” como política pública
- La eliminación de burocracia innecesaria constituye un objetivo legítimo.
- Chile necesita inversión.
- Necesita infraestructura.
- Necesita empleos.
Y también necesita que los proyectos que cumplen las exigencias legales no permanezcan indefinidamente atrapados en procedimientos administrativos.
Pero agilizar no puede significar reemplazar el análisis técnico por presión administrativa.
La eficiencia de un Estado no se mide solamente por la velocidad con que aprueba.
También se mide por la capacidad de demostrar por qué aprobó.
En el caso NX Uno de Peine, la discusión adquiere especial importancia porque el organismo técnico llamado a pronunciarse sobre una materia específica mantuvo reparos hasta abril de 2026.
El Comité de Ministros adoptó posteriormente una interpretación distinta y permitió la aprobación.
Eso puede ser jurídicamente posible dentro de las competencias del sistema.
Pero precisamente por eso debe existir una explicación documental suficientemente sólida.
El salar de Atacama como escenario del conflicto
Una cuestión que no termina con la firma de la resolución
El lugar donde se desarrolla el proyecto agrega otra dimensión.
El Salar de Atacama es un territorio donde el agua y los sistemas subterráneos constituyen elementos particularmente sensibles para las comunidades y para el ecosistema.
Por eso, las dudas sobre posibles infiltraciones no son una discusión puramente administrativa.
La pregunta técnica es qué ocurriría si las predicciones utilizadas para aprobar el proyecto resultaran incorrectas.
¿Qué mecanismos de monitoreo existirán?
¿Quién verificará los resultados?
¿Qué información deberá entregar la empresa?
¿Qué organismo fiscalizará el cumplimiento?
¿Y qué ocurrirá si aparecen efectos que no fueron previstos?
El material analizado permite afirmar que la exigencia relacionada con el estudio no desapareció, sino que fue trasladada a una etapa sectorial posterior.
La discusión jurídica que deberá resolver el tribunal será determinar si esa decisión fue compatible con las reglas aplicables al procedimiento ambiental.
Las Comunidades Atacameñas llevan el caso a los Tribunales
Toconao y Peine recurren al Primer Tribunal Ambiental
La controversia no terminó con la resolución del Comité de Ministros.
Hasta la fecha consignada en los antecedentes revisados, se habían presentado dos reclamaciones ante el Primer Tribunal Ambiental de Antofagasta.
Las acciones fueron promovidas por las comunidades atacameñas de Toconao y Peine.
Su planteamiento central es que las observaciones formuladas por Sernageomin debieron ser subsanadas dentro del procedimiento de evaluación ambiental y no quedar pendientes para una fase sectorial posterior.
Ahora corresponde a la justicia ambiental examinar la resolución y determinar si la actuación administrativa se ajustó al marco jurídico.
Ese punto debe ser respetado.
Una investigación periodística puede revelar antecedentes, contradicciones, documentos y preguntas.
No puede reemplazar al tribunal.
El debate político también llega la Congreso
Solicitudes a SEA y Contraloría
El caso comenzó además a generar acciones políticas.
El diputado Jaime Bassa anunció que oficiaría al Sistema de Evaluación Ambiental y a otros organismos con el propósito de revisar cómo se adoptaron las decisiones y obtener garantías sobre la imparcialidad del proceso.
El diputado Daniel Manouchehri, por su parte, adelantó que recurriría a la Contraloría para solicitar un pronunciamiento.
Estas iniciativas tienen un elemento común: buscan reconstruir el proceso administrativo.
No se trata solamente de saber quién firmó la aprobación.
Se trata de conocer qué ocurrió antes de esa firma.
El caso Quiroz y el debate sobre las inhabilidades
El antecedente planteado por Marcelo Mena
Los vínculos profesionales previos de Jorge Quiroz con el Grupo Errázuriz también fueron objeto de cuestionamientos públicos.
El exministro de Medio Ambiente Marcelo Mena planteó públicamente dudas sobre eventuales inhabilidades, al recordar la relación profesional de Quiroz con empresas vinculadas al conglomerado.
Desde Hacienda se respondió que la asesoría mencionada no correspondía a una actividad realizada por Quiroz como persona natural, sino a una prestación ejecutada por una persona jurídica.
La existencia de una relación profesional anterior tampoco demuestra por sí misma una infracción.
La cuestión jurídica concreta será determinar si, de acuerdo con las normas aplicables y las circunstancias específicas, existía o no una obligación de abstención, inhabilidad o algún otro mecanismo de prevención.
Esa determinación corresponde a los organismos competentes.
La pregunta que deja NX uno de Peine
¿Se aceleró el trámite o se cambió el estándar?
El caso permite separar dos cuestiones que a menudo aparecen mezcladas.
La primera es si Chile necesita acelerar la tramitación de inversiones.
La respuesta parece evidente: sí, siempre que se trate de eliminar burocracia innecesaria y mejorar la coordinación del Estado.
La segunda pregunta es mucho más delicada:
¿Puede un mecanismo destinado a acelerar la tramitación terminar haciendo que una observación técnica pase de ser relevante para la evaluación ambiental a convertirse en una exigencia posterior?
Eso es exactamente lo que hace que NX Uno de Peine sea un caso de interés público.
No porque la existencia de una aprobación demuestre una irregularidad.
Sino porque la decisión obliga a observar con atención cómo interactúan los organismos técnicos, las autoridades políticas y los mecanismos de coordinación destinados a acelerar inversiones.
Cronología del caso
Hace aproximadamente 17 años
Comienza la extensa tramitación ambiental del proyecto de producción de sales de potasio en el Salar de Atacama.
Durante cuatro gobiernos
La iniciativa enfrenta rechazos y permanece sin resolver dentro del sistema ambiental.
- Agosto de 2025
Jorge Quiroz, entonces vinculado al equipo económico de la campaña de José Antonio Kast, plantea públicamente medidas destinadas a acelerar proyectos de inversión detenidos.
- Marzo de 2026
NX Uno de Peine es incorporado entre los 51 proyectos de inversión prioritarios del Gobierno.
- 23 de marzo de 2026
Sernageomin informa que persisten incertidumbres técnicas para descartar efectos sobre el flujo subterráneo del salar.
- 9 de abril de 2026
Sernageomin reitera que los antecedentes presentados no permiten acreditar que las potenciales infiltraciones no puedan afectar aguas subterráneas o superficiales.
- 7 de mayo de 2026
El Comité de Ministros acoge la reclamación de la Sociedad Legal Minera NX Uno de Peine y aprueba el proyecto.
Después de la aprobación
Las exigencias técnicas de Sernageomin quedan vinculadas a una etapa posterior de tramitación sectorial.
Etapa judicial
Las comunidades atacameñas de Toconao y Peine presentan reclamaciones ante el Primer Tribunal Ambiental para cuestionar la resolución.
Conclusión: El problema no es acelerar si no poder explicar cómo se aceleró
NX Uno de Peine es mucho más que la historia de un proyecto minero que finalmente consiguió autorización después de 17 años.
Es también una radiografía de la tensión que enfrenta el Estado chileno entre inversión, eficiencia administrativa, evaluación ambiental, independencia técnica y confianza pública.
El Gobierno tiene un argumento legítimo cuando sostiene que Chile no puede continuar con proyectos detenidos durante años por trámites innecesarios.
Pero esa política solamente puede sostenerse institucionalmente si existe una frontera clara entre agilizar los procedimientos y alterar la importancia de las observaciones técnicas.
En este caso, Sernageomin manifestó en abril de 2026 que los antecedentes disponibles no permitían acreditar que las potenciales infiltraciones asociadas al almacenamiento de sales de descarte fueran incapaces de afectar aguas subterráneas o superficiales.
Un mes después, el Comité de Ministros aprobó la iniciativa y determinó que las exigencias de ese organismo se habían extendido a materias que no tendrían el vínculo causal señalado con la nueva modelación hidrológica.
Esa diferencia de interpretación puede ser discutida jurídicamente.
Y será precisamente la justicia ambiental la que deberá determinar si la resolución se ajustó a derecho.
Pero existe además una cuestión política e institucional que no depende de la sentencia:
¿Puede la ciudadanía conocer con suficiente detalle cómo se tomó la decisión?
La ausencia de actas y de registros públicos sobre el funcionamiento del comité de seguimiento señalado en los antecedentes dificulta esa tarea.
Y cuando además aparecen antecedentes sobre relaciones profesionales anteriores entre personas vinculadas a un proyecto y funcionarios que posteriormente asumieron responsabilidades públicas, la necesidad de transparencia aumenta.
Nada de ello permite afirmar automáticamente que haya existido una actuación ilegal.
Pero sí permite exigir algo básico en una democracia: que las decisiones públicas puedan ser reconstruidas, explicadas y fiscalizadas.
NX Uno de Peine ahora deberá enfrentar esa prueba ante los tribunales.
El Gobierno deberá defender la legalidad de su decisión.
La empresa deberá cumplir las condiciones técnicas que correspondan.
Los organismos fiscalizadores deberán ejercer sus atribuciones.
Y la ciudadanía tendrá derecho a conocer cómo funcionó realmente el sistema.
Porque acelerar una inversión puede ser una política pública legítima. Lo que no puede acelerarse es la pérdida de confianza en las instituciones.













