Gobierno inicia trámites para expulsar a seis extranjeros detenidos durante el 18-O
El Gobierno inició gestiones para buscar la expulsión de seis extranjeros detenidos durante los incidentes registrados en la conmemoración del 18-O, realizada el domingo 18 de octubre de 2026. El Servicio Nacional de Migraciones (SERMIG) confirmó que trabaja en procedimientos administrativos contra tres ciudadanos peruanos, dos haitianos y un venezolano.
El anuncio fue realizado por el director nacional de Migraciones, Frank Sauerbaum, quien informó que cinco de las personas involucradas mantienen residencia definitiva en Chile, mientras que la sexta habría ingresado al territorio nacional por un paso no habilitado.
La decisión se conoció un día después de los incidentes registrados durante el séptimo aniversario del estallido social, jornada en la que Carabineros informó 110 detenciones a nivel nacional.
Las autoridades buscan establecer las condiciones administrativas y legales para concretar las expulsiones. Sin embargo, el anuncio no significa que los seis ciudadanos hayan sido expulsados, pues los procedimientos todavía deben completarse.
Migraciones busca revocar cinco residencias definitivas
Uno de los aspectos centrales de la medida es la situación migratoria de cinco de los detenidos.
Según informó el SERMIG, tres ciudadanos peruanos y dos haitianos cuentan con residencia definitiva, autorización que permite establecerse en Chile de manera indefinida bajo las condiciones legales correspondientes.
El organismo trabaja en procedimientos destinados a revisar y eventualmente revocar esos permisos.
La revocación de la residencia es una medida administrativa distinta de la expulsión del territorio nacional.
Por lo tanto, la pérdida de un permiso migratorio no debe confundirse con una expulsión ya ejecutada.
Qué significa revocar una residencia definitiva
La legislación migratoria chilena contempla situaciones en las que una autorización de residencia puede ser revocada, siempre que se configuren las causales y se respeten los procedimientos establecidos.
La evaluación debe considerar los antecedentes particulares de cada persona y las garantías aplicables.
En consecuencia, una detención policial no equivale automáticamente a una condena penal ni determina por sí sola la expulsión de una persona extranjera.
Cada caso requiere una evaluación individual de los antecedentes y la aplicación de las disposiciones legales correspondientes.
Fuentes: Ley N.º 21.325 de Migración y Extranjería — Biblioteca del Congreso Nacional.
Los antecedentes de los seis extranjeros incluidos en la medida
De acuerdo con la información entregada por el Servicio Nacional de Migraciones, los procedimientos anunciados consideran a tres ciudadanos peruanos, dos haitianos y un venezolano.
Tres ciudadanos peruanos
Los ciudadanos peruanos Raúl Yupanqui Ulloa y Reynaldo Héctor Abad Salazar registraban detenciones anteriores en flagrancia, correspondientes a 2022 y 2024, respectivamente.
Según el organismo, esas detenciones no derivaron en órdenes de expulsión durante los años señalados.
El tercer ciudadano peruano, Víctor Diestra, fue detenido durante la conmemoración del 18-O por una conducta descrita en el reporte como falta de respeto a la autoridad.
Los antecedentes difundidos no permiten establecer, por sí solos, la existencia de condenas penales firmes respecto de todos los hechos mencionados.
Dos ciudadanos haitianos
En el caso de los ciudadanos haitianos, Ives Dossous fue detenido por un hecho relacionado con porte de arma cortante o punzante.
Por su parte, Jean Claydy Delphonse fue detenido y, de acuerdo con Migraciones, mantenía una orden vigente.
El organismo también informó que uno de los ciudadanos haitianos había solicitado la nacionalidad chilena, pero su petición no fue acogida.
Un ciudadano venezolano
El sexto caso corresponde a Isario Barreto, ciudadano venezolano que, según el SERMIG, habría ingresado a Chile por un paso no habilitado.
El organismo informó que fue detenido por una presunta infracción a la Ley N.º 20.000, normativa que sanciona distintas conductas relacionadas con drogas y sustancias sujetas a control.
La infracción específica y la eventual responsabilidad penal deberán determinarse conforme a los antecedentes y procedimientos correspondientes.
Frank Sauerbaum anuncia medidas más estrictas frente a los desórdenes
El director nacional de Migraciones defendió la actuación del Gobierno y manifestó que las personas extranjeras que incurran en conductas contrarias al ordenamiento jurídico podrían enfrentar consecuencias migratorias.
Sauerbaum sostuvo que el Ejecutivo continuará utilizando las herramientas legales disponibles para impulsar expulsiones cuando corresponda.
El anuncio se enmarca en la política migratoria del Gobierno del presidente José Antonio Kast, que ha priorizado el control fronterizo, la fiscalización y la ejecución de expulsiones administrativas y judiciales.
La autoridad también hizo referencia a medidas adoptadas durante manifestaciones anteriores.
Sin embargo, la aplicación de expulsiones debe examinarse caso por caso, considerando la naturaleza de los hechos atribuidos y las disposiciones establecidas por la legislación chilena.
¿Puede el Gobierno expulsar a extranjeros por participar en disturbios?
En Chile, la expulsión de una persona extranjera constituye una medida sometida a requisitos legales y procedimientos específicos.
La Ley N.º 21.325 de Migración y Extranjería establece reglas para la permanencia de personas extranjeras y contempla causales que pueden dar lugar a procedimientos de expulsión.
No obstante, es necesario diferenciar entre participar en una manifestación pacífica, ser detenido por una presunta infracción y tener responsabilidad penal acreditada.
El derecho a reunión pacífica también comprende a las personas extranjeras, dentro del marco jurídico aplicable.
Detención, responsabilidad penal y expulsión no son lo mismo
Una detención permite poner a una persona a disposición de las autoridades competentes cuando concurren los presupuestos legales.
Una condena penal requiere un procedimiento judicial y una decisión adoptada por el tribunal correspondiente.
La expulsión migratoria, en tanto, debe sustentarse en las causales y procedimientos que establece la legislación.
Estas diferencias son fundamentales para evaluar jurídicamente los anuncios del Gobierno.
Además, los procedimientos administrativos deben respetar las garantías aplicables, incluyendo la posibilidad de ejercer los recursos que correspondan.
Las expulsiones se suman a la política migratoria del Gobierno
El anuncio sobre los seis detenidos se produce en un contexto de incremento de los procedimientos de expulsión informados por el Ejecutivo durante 2026.
La Subsecretaría del Interior comunicó que, al 10 de octubre, Chile acumulaba 1.874 expulsiones ejecutadas durante el año, junto con más de 10 mil salidas voluntarias de personas extranjeras.
Estas cifras forman parte del balance oficial de gestión migratoria y deben distinguirse de los seis procedimientos anunciados tras la conmemoración del 18-O.
En particular, las medidas contra los detenidos durante el aniversario del estallido social permanecen en una etapa administrativa que todavía no asegura su ejecución.
El avance dependerá de la revisión de antecedentes, las decisiones de las autoridades competentes y los recursos legales que puedan corresponder.
Conmemoración del 18-O dejó 110 detenidos en Chile
El anuncio del SERMIG se relaciona con el balance de seguridad de la conmemoración del séptimo aniversario del estallido social.
Durante la jornada, las autoridades informaron 110 detenciones y 43 episodios de violencia en distintos puntos del país.
El ministro de Seguridad Pública, Martín Arrau, informó que los incidentes disminuyeron un 45% respecto de 2025, mientras que las detenciones aumentaron un 41%.
El balance también registró 14 funcionarios de Carabineros lesionados.
Las manifestaciones se desarrollaron en distintos lugares del país y combinaron actividades conmemorativas pacíficas con episodios específicos de alteración del orden público.
En este contexto, las actuaciones atribuidas a los seis ciudadanos extranjeros deberán examinarse individualmente, sin extender responsabilidades a otras personas por su nacionalidad o condición migratoria.
Qué viene ahora para los seis procedimientos de expulsión
Los próximos pasos corresponden a la tramitación de los procedimientos anunciados por Migraciones.
En cinco casos, el organismo deberá evaluar la revocación de las autorizaciones de residencia definitiva, según los antecedentes correspondientes.
En el sexto, deberá determinar las medidas migratorias aplicables a la situación informada del ciudadano venezolano.
Los procedimientos podrán quedar sujetos a decisiones administrativas, eventuales recursos y coordinaciones para la ejecución de las medidas, si estas llegan a establecerse legalmente.
Hasta el momento, no se ha confirmado una fecha de salida del país para las seis personas.
Conclusión: seguridad pública y legalidad de las expulsiones
La decisión del Gobierno de iniciar procedimientos contra seis extranjeros detenidos durante el aniversario del 18-O refleja la orientación de su política migratoria en materia de seguridad y control del orden público.
Sin embargo, el anuncio político y la ejecución de una expulsión corresponden a etapas distintas.
La evaluación de cada caso deberá establecer si existen causales legales suficientes para revocar permisos de residencia o disponer expulsiones, respetando los procedimientos y garantías correspondientes.
El desarrollo de estos trámites permitirá determinar cuántas de las medidas anunciadas llegan a ejecutarse efectivamente.
La seguridad pública, el cumplimiento de la legislación migratoria y el respeto de los derechos fundamentales deben considerarse conjuntamente en las decisiones de las autoridades.


