Chile registra 2.000 expulsiones en 2026 y desmiente cifra de 800 mil migrantes difundida en Perú.
El debate sobre la política migratoria del Gobierno de José Antonio Kast adquirió una nueva dimensión después de que una senadora peruana afirmara que Chile había expulsado a cientos de miles de extranjeros en situación irregular durante el primer mes de la actual administración.
Sin embargo, los registros oficiales contradicen esa versión.
El 23 de octubre de 2026, el Gobierno chileno informó que el país había alcanzado las 2.000 expulsiones materializadas durante el año, incluyendo las realizadas antes del inicio del mandato de Kast, el 11 de marzo.
La cifra representa un aumento de las expulsiones respecto de años anteriores, pero se encuentra muy lejos de las 800.000 o cerca de un millón de personas mencionadas por la senadora peruana Lourdes Alcorta, de Renovación Popular.
La controversia coincidió con la aprobación parlamentaria de una reforma a la Ley de Migración y Extranjería, que busca acelerar las expulsiones administrativas mediante nuevas herramientas de notificación, localización y detención de personas que tengan órdenes de expulsión vigentes.
El caso pone en evidencia la importancia de distinguir entre órdenes de expulsión, expulsiones efectivamente ejecutadas y salidas voluntarias, conceptos que frecuentemente se confunden en el debate público.
PerúCheck contradice afirmaciones de senadora peruana
La controversia comenzó después de que Lourdes Alcorta afirmara, durante una entrevista con RPP Noticias, que Chile había expulsado cerca de un millón de extranjeros indocumentados durante el primer mes de la administración de José Antonio Kast.
Posteriormente, la parlamentaria rectificó la cantidad y habló de aproximadamente 800.000 personas.
Sus declaraciones presentaban la política migratoria chilena como un ejemplo de ejecución acelerada de expulsiones.
No obstante, una investigación publicada el 22 de octubre por PerúCheck contrastó esas afirmaciones con los registros oficiales disponibles.
La plataforma verificadora estableció que durante el primer mes del Gobierno de Kast se concretaron 156 expulsiones, cifra que posteriormente aumentó a 196 tras un operativo aéreo del 16 de abril.
El resultado de la comprobación fue categórico: las cantidades difundidas por Alcorta no coincidían con las expulsiones efectivamente ejecutadas.
La diferencia no es menor.
Hablar de 800.000 personas cuando los registros oficiales consignan cientos durante el período mencionado altera de manera sustancial la dimensión real de la política pública.
Gobierno informa 2.000 expulsiones durante 2026
Los antecedentes oficiales permiten reconstruir la evolución de las cifras migratorias durante el año.
El 30 de septiembre, la Subsecretaría del Interior informó que se habían efectuado 1.764 expulsiones en 2026, de las cuales 1.468 correspondían al período iniciado el 11 de marzo, cuando José Antonio Kast asumió la Presidencia.
Durante octubre se realizaron nuevos operativos, elevando el número de expulsiones.
El último balance divulgado por el Gobierno, correspondiente al 23 de octubre, informó que Chile alcanzó las 2.000 expulsiones acumuladas durante 2026, tras un nuevo vuelo que trasladó a 75 extranjeros hacia Perú, Colombia y República Dominicana.
De acuerdo con esa información, el operativo incluyó 69 expulsiones administrativas y seis judiciales.
El Gobierno destacó que el resultado supera los registros anuales de los años anteriores.
Sin embargo, incluso tomando esta cifra actualizada, el número de expulsiones ejecutadas representa apenas una pequeña fracción de las cantidades difundidas por la senadora peruana.
Además, debe mantenerse una precisión fundamental: las 2.000 expulsiones corresponden al año calendario y no exclusivamente a la administración Kast.
Las cifras detrás de la controversia
La diferencia entre los datos difundidos y los registros administrativos puede apreciarse en la siguiente comparación.

Estas cifras no corresponden todas al mismo período. Precisamente por ello, resulta indispensable indicar sus fechas y evitar comparaciones que atribuyan a un Gobierno expulsiones realizadas antes de su instalación.
Los balances oficiales tampoco respaldan que Chile haya expulsado a cientos de miles de personas en cuestión de semanas o meses.
Congreso aprueba reforma para acelerar expulsiones migratorias
Mientras se discutían estas cifras, el Congreso Nacional despachó el 20 de octubre un proyecto que modifica la legislación migratoria.
La iniciativa, identificada con el Boletín N.º 16.836-06, había comenzado su tramitación durante la administración del expresidente Gabriel Boric.
Posteriormente recibió un nuevo impulso del Gobierno de Kast, que incorporó su avance a la agenda de control migratorio y seguridad.
Tras el trabajo de una comisión mixta, la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó el informe correspondiente el 19 de octubre, por 128 votos a favor y 11 en contra.
El Senado concluyó la tramitación legislativa al día siguiente, con 37 votos favorables y una abstención.
La aprobación parlamentaria dejó el proyecto en condiciones de continuar las formalidades correspondientes para su promulgación y publicación.
Por tanto, el despacho del proyecto no debe confundirse automáticamente con la entrada en vigencia de todas sus disposiciones.
PDI podrá solicitar autorización judicial para ingresar a domicilios
Una de las modificaciones de mayor relevancia jurídica se refiere a las facultades de la Policía de Investigaciones.
El proyecto establece un mecanismo para que la PDI solicite autorización escrita a un juez de garantía con el propósito de ingresar a un domicilio donde se encuentre una persona que tenga una orden de expulsión administrativa firme y ejecutoriada.
La medida está orientada a facilitar la ejecución de decisiones que ya han completado su procedimiento.
Sin embargo, la norma no constituye una autorización general para que la policía ingrese libremente a viviendas de personas extranjeras.
El ingreso deberá estar vinculado con una orden de expulsión que cumpla los requisitos legales y contar con autorización judicial previa.
Esta distinción resulta esencial debido a que la inviolabilidad del hogar se encuentra protegida constitucionalmente.
El mecanismo busca conciliar la ejecución de decisiones administrativas con las garantías que limitan el ejercicio de las facultades coercitivas del Estado.
Cambios en los plazos y prohibiciones de reingreso
La reforma incluye otras modificaciones destinadas a facilitar los procedimientos de expulsión.
Entre ellas figura la reducción de determinados plazos de reclamación judicial y el fortalecimiento de los mecanismos de notificación.
También contempla elevar de tres a cinco años el período mínimo de prohibición de reingreso para personas expulsadas administrativamente.
Asimismo, establece herramientas para localizar a personas extranjeras con órdenes pendientes y obtener determinados antecedentes de organismos públicos, dentro de las condiciones previstas por la legislación.
El texto incorpora resguardos relacionados con los derechos de niños, niñas y adolescentes y con las necesidades de las investigaciones penales.
Uno de los objetivos manifestados por el Ejecutivo es reducir la distancia entre las órdenes de expulsión dictadas y aquellas que finalmente logran ejecutarse.
Expulsiones y salidas voluntarias: dos categorías diferentes
Un aspecto relevante del debate es la distinción entre las expulsiones materializadas y las salidas voluntarias.
Una expulsión supone la ejecución de una decisión administrativa o judicial que ordena a una persona extranjera abandonar el territorio nacional.
Una salida voluntaria efectiva, dentro de los registros utilizados por la autoridad migratoria, puede corresponder a una persona que ingresó por un paso no habilitado y posteriormente abandonó Chile mediante un control policial, sin que existiera una orden de expulsión en su contra.
La Subsecretaría del Interior informó que, entre el 3 de enero y el 26 de septiembre, se habían registrado 10.197 salidas voluntarias efectivas.
Para el 23 de octubre, el balance gubernamental elevó ese indicador a 11.011 salidas voluntarias durante 2026.
Ambas cantidades deben mantenerse separadas de las expulsiones ejecutadas.
Sumarlas para analizar la cantidad de personas que abandonaron el territorio mediante esos mecanismos puede ser útil, siempre que se explique la metodología. Pero presentar el resultado como si todas hubieran sido deportaciones sería incorrecto.
El Gobierno destaca sus resultados migratorios
El Ejecutivo ha presentado el aumento de las expulsiones y las fiscalizaciones como parte de una estrategia destinada a reforzar el control fronterizo y la ejecución de decisiones migratorias.
El subsecretario del Interior, Máximo Pavez, ha destacado los vuelos organizados desde marzo y el incremento de personas expulsadas respecto de años anteriores.
El Gobierno también informó un aumento de las fiscalizaciones migratorias y de las salidas voluntarias.
En su balance del 23 de octubre, señaló que se habían efectuado 2.000 expulsiones durante el año y que el promedio mensual superaba el observado en períodos anteriores.
Estos datos permiten describir la magnitud de las operaciones ejecutadas.
Sin embargo, los resultados administrativos deben analizarse por separado de las declaraciones políticas y de las metas de expulsión anunciadas durante la campaña presidencial.
El desafío de ejecutar órdenes pendientes
Uno de los problemas del sistema migratorio chileno es que dictar una orden de expulsión no garantiza su ejecución inmediata.
Para materializarla, las autoridades deben localizar a la persona afectada, cumplir las exigencias legales y coordinar los procedimientos necesarios.
También pueden existir dificultades documentales, logísticas y diplomáticas para concretar el traslado al país de destino.
Estas condiciones explican por qué el número de órdenes administrativas emitidas puede diferir significativamente del total de expulsiones materializadas.
La reforma aprobada por el Congreso busca intervenir precisamente en algunas de esas dificultades, especialmente en los procedimientos de ubicación, notificación y detención de personas con órdenes firmes.
El efecto real de esas modificaciones deberá evaluarse a partir de su implementación y de resultados posteriores.
Una discusión migratoria que traspasa las fronteras chilenas
La controversia abierta por Lourdes Alcorta demuestra que la política migratoria de Chile también se ha convertido en un asunto de discusión política en países vecinos.
Las afirmaciones realizadas en Perú instalaron cifras que los registros oficiales no respaldan.
La verificación de PerúCheck permitió establecer una diferencia considerable entre el relato político y las expulsiones efectivamente ejecutadas.
Al mismo tiempo, los balances oficiales muestran que las expulsiones aumentaron durante 2026 y que el Gobierno impulsa instrumentos legislativos para acelerar su cumplimiento.
Ambas situaciones pueden ser ciertas simultáneamente.
Es posible reconocer un incremento en las expulsiones y, al mismo tiempo, desmentir afirmaciones que multiplican artificialmente su cantidad.
Fuentes oficiales y de verificación
Conclusión: las cifras oficiales marcan los límites del debate migratorio
El debate sobre la política migratoria chilena enfrenta dos dimensiones diferentes.
Por una parte, el Congreso despachó una reforma destinada a agilizar el cumplimiento de órdenes de expulsión, mediante nuevas herramientas sometidas a control judicial y requisitos legales.
Por otra, una verificación publicada en Perú demostró que las afirmaciones sobre cientos de miles de extranjeros expulsados durante el primer mes del Gobierno de José Antonio Kast carecían de respaldo en los registros oficiales.
El último balance disponible al 23 de octubre contabiliza 2.000 expulsiones durante 2026, cifra que debe distinguirse de las más de 11.000 salidas voluntarias informadas por el Ejecutivo.
La exactitud resulta fundamental en una materia que involucra seguridad pública, derechos fundamentales, decisiones administrativas y relaciones con países vecinos.
Una política migratoria puede ser sometida a evaluación crítica o respaldada por sus resultados, pero ese debate debe construirse sobre cantidades comprobables y categorías jurídicas correctamente diferenciadas.




