El negocio millonario dentro de las cárceles: economatos movieron más de $9 mil millones y Gendarmería ordena auditoría.
Mientras miles de personas cumplen condena o permanecen en prisión preventiva, dentro de las cárceles chilenas funciona un sistema de comercio autorizado que mueve miles de millones de pesos. Se trata de los economatos penitenciarios, pequeños almacenes donde internos y funcionarios pueden comprar productos de uso cotidiano. Una investigación de Bío Bío Investiga reveló ventas por más de $9.321 millones en diez recintos concesionados durante los primeros meses de 2026. Ahora Gendarmería busca limitar su funcionamiento y conocer con mayor precisión cómo se administran estos recursos.
Detrás de los muros, las rejas y los controles de seguridad de las cárceles chilenas existe una actividad económica poco conocida por buena parte de la ciudadanía: la venta de productos de consumo diario a personas privadas de libertad y funcionarios penitenciarios.
No se trata de negocios clandestinos. Son establecimientos autorizados que forman parte del funcionamiento de determinados recintos penales y que permiten adquirir artículos de higiene, alimentos envasados, bebidas y otros productos permitidos por la administración.
Su nombre es economato penitenciario.
Aunque pueden parecer pequeños almacenes, el movimiento de dinero asociado a estos servicios alcanza cifras considerables.
La Dirección General de Concesiones del Ministerio de Obras Públicas, los economatos de diez cárceles concesionadas registraron ventas acumuladas superiores a $9.321 millones durante los primeros meses de 2026.
La cifra corresponde principalmente al período comprendido entre enero y agosto, con la excepción del establecimiento penitenciario de Talca, cuyo último dato disponible llega a junio.
El volumen de operaciones abre una pregunta de interés público: ¿cómo se fiscaliza el comercio dentro de las cárceles, quién controla los precios y qué mecanismos permiten garantizar la correcta administración de estos recursos?
El debate adquiere relevancia después de que Gendarmería resolviera restringir los productos comercializados y ordenara una auditoría nacional para examinar la situación financiera y operativa de los economatos.
¿Qué es un economato y cómo funciona dentro de una cárcel?
Para comprender el alcance del problema es necesario explicar primero qué es un economato.
En términos sencillos, un economato es un pequeño almacén autorizado que funciona dentro de un establecimiento penitenciario.
Su objetivo es permitir que las personas privadas de libertad adquieran determinados productos de uso personal y consumo cotidiano que no forman parte necesariamente de las prestaciones básicas entregadas por la administración.
Entre los artículos que tradicionalmente podían comercializarse se encontraban jabón, champú, pasta dental, alimentos envasados, café, té, bebidas, cigarrillos y algunas prendas de vestir.
Su funcionamiento se encuentra sujeto a las reglas de seguridad del establecimiento y a los procedimientos establecidos por Gendarmería.
¿De dónde sale el dinero que utilizan los internos?
Las personas privadas de libertad pueden disponer de recursos propios, según las condiciones y los procedimientos autorizados en cada establecimiento.
Estos fondos pueden provenir, por ejemplo, de aportes familiares o de ingresos obtenidos mediante actividades laborales permitidas.
Con esos recursos, y mediante los sistemas de compra habilitados, pueden adquirir determinados productos.
No significa que cualquier persona pueda comprar libremente cualquier artículo.
Las ventas están condicionadas por la disponibilidad de productos, las reglas institucionales y las medidas de seguridad.
¿Quién administra estos negocios?
La administración depende del tipo de establecimiento penitenciario.
En las cárceles tradicionales, el funcionamiento se desarrolla bajo la administración y supervisión de Gendarmería, de acuerdo con las normas aplicables.
En los recintos concesionados, determinadas prestaciones son entregadas por empresas privadas mediante contratos con el Estado.
Entre esos servicios puede encontrarse el economato.
Esto significa que empresas concesionarias participan en una actividad comercial dentro de establecimientos penitenciarios, aunque sujetas a obligaciones contractuales y controles públicos.
La existencia de estos negocios no constituye por sí misma una irregularidad: se trata de un servicio autorizado. Lo relevante es comprobar que su funcionamiento respete las reglas, los precios establecidos y la adecuada rendición de cuentas.
Más de $9.321 millones: las cifras del comercio penitenciario
El principal antecedente económico surge de la revisión de reportes de la Dirección General de Concesiones del Ministerio de Obras Públicas.
Los documentos muestran que los diez establecimientos penitenciarios concesionados acumularon ventas superiores a $9.321 millones durante 2026.
El mayor movimiento fue registrado por el Grupo 3, operado por la Sociedad Concesionaria Infraestructura Penitenciaria Grupo Tres S.A., vinculada a Vinci.
Sus tres establecimientos —Santiago 1, Puerto Montt y Valdivia— acumularon aproximadamente $3.315 millones.
El Grupo 2, operado por la Sociedad Concesionaria Grupo Dos S.A., controlada por Sodexo, informó ventas brutas cercanas a $3.001 millones.
Por su parte, el Grupo 1, administrado por BAS S.A., integrada por Sodexo, Besalco y Sociedad de Concesiones Chile, registró ventas netas próximas a $2.867 millones.
A estas cifras se suman los $138 millones informados por el establecimiento penitenciario de Talca, correspondientes únicamente al período enero-junio.
¿Dónde se concentra el mayor volumen de ventas?
Los datos publicados permiten identificar diferencias importantes entre establecimientos.
Santiago 1 encabeza las cifras individuales, con $1.745 millones en ventas acumuladas. Durante agosto registró una población promedio de 6.976 internos.
En Rancagua se informaron ventas cercanas a $1.160 millones, mientras que el CCP Biobío registró aproximadamente $1.063 millones y el CCP Concepción, $1.015 millones.
Las cifras también reflejan que el movimiento comercial varía considerablemente entre establecimientos.
Sin embargo, no permiten concluir automáticamente que un recinto tenga precios más elevados que otro.
Para determinarlo sería necesario conocer el número efectivo de compradores, las cantidades vendidas, los precios unitarios y las condiciones particulares de acceso al servicio.
¿Quién gana dinero con los economatos?
Esta es una de las preguntas centrales.
Cuando se informa que un economato vendió cientos o miles de millones de pesos, es importante distinguir dos conceptos.
Las ventas representan el dinero obtenido por comercializar productos. Las ganancias corresponden al resultado que queda después de descontar los costos y gastos correspondientes.
Por ejemplo, si un establecimiento registra ventas por $100 millones, eso no significa que su administrador haya ganado $100 millones.
De ese monto deben considerarse las compras de mercadería, los costos de funcionamiento y otras obligaciones económicas aplicables.
En las cárceles concesionadas, además, existen condiciones específicas establecidas en los contratos y reglamentos de servicio.
Por eso, los $9.321 millones informados no pueden presentarse como utilidades de las empresas concesionarias.
Tampoco permiten determinar cuánto dinero corresponde finalmente a cada operador ni si todos los establecimientos presentan sus ingresos con los mismos criterios contables.
La investigación original advierte precisamente que los documentos utilizan diferentes categorías de registro: ventas brutas, netas y totales.
Esa diferencia impide una comparación financiera completamente uniforme.

¿Dónde podrían producirse abusos o falta de control?
El funcionamiento de los economatos plantea riesgos que requieren supervisión, especialmente porque sus compradores se encuentran en un entorno donde la libertad de elección es limitada.
A diferencia de una persona que puede acudir a distintos supermercados o almacenes, una persona privada de libertad no puede salir de la cárcel para buscar productos más económicos.
Esa situación genera una relación comercial particular.
El interno depende de los productos disponibles dentro del establecimiento, de los precios autorizados y de las condiciones definidas por la administración.
Esto no significa que todos los economatos cometan abusos, pero sí justifica la existencia de controles especiales.
Precios elevados y ausencia de alternativas
Uno de los riesgos que merece atención es la posibilidad de que ciertos productos se comercialicen a precios excesivos.
Cuando un consumidor no puede acudir a otro establecimiento, las condiciones de competencia son diferentes a las del comercio exterior.
Si un producto cuesta significativamente más que fuera de la cárcel y no existe una justificación razonable ni control efectivo, podría producirse una situación perjudicial para los compradores.
No obstante, los antecedentes actuales no permiten afirmar que esa práctica se esté produciendo de manera generalizada durante 2026.
Para comprobarlo sería indispensable revisar las listas de precios autorizados, las facturas de compra, los márgenes comerciales y los mecanismos de fiscalización.
Falta de transparencia en las operaciones
Otro aspecto sensible es la trazabilidad del dinero.
En un sistema con miles de transacciones, debe existir claridad sobre cuánto se vende, qué productos se compran, qué valores se cobran y cómo se registran los ingresos.
Si los controles son insuficientes, pueden aparecer riesgos como diferencias de inventario, compras injustificadas, registros incompletos o cobros incorrectos.
Son riesgos de administración que corresponde prevenir y auditar, no irregularidades demostradas por las cifras de ventas.
La auditoría ordenada por Gendarmería deberá aportar información para determinar si los registros y mecanismos de control funcionan correctamente.
La dependencia económica de las familias
El funcionamiento de los economatos también tiene una dimensión social.
En determinados casos, las personas privadas de libertad dependen de aportes de familiares para financiar productos de higiene o alimentación complementaria.
Esto puede trasladar parte del gasto cotidiano de la vida penitenciaria a hogares que ya enfrentan dificultades económicas.
Si los precios resultaran elevados o existieran restricciones excesivas, los efectos podrían alcanzar también a quienes sostienen económicamente a los internos.
Por eso, la fiscalización no debería limitarse únicamente a comprobar que las cuentas cuadren.
También resulta pertinente conocer si los productos están disponibles en condiciones razonables y si se garantiza el acceso a los artículos básicos que corresponden por obligación institucional.
Antecedentes históricos: las denuncias por precios elevados no son nuevas
El debate sobre el funcionamiento de los economatos tiene antecedentes anteriores a la actual investigación.
El Informe Anual sobre Derechos Humanos en Chile 2005, de la Universidad Diego Portales, recogió testimonios de personas privadas de libertad que denunciaban diferencias importantes entre los precios de los productos vendidos dentro y fuera de las cárceles.
En algunos de esos testimonios se señalaba que determinados artículos podían alcanzar valores considerablemente superiores a los del comercio exterior.
Se trata de antecedentes históricos que no demuestran que las mismas prácticas continúen ocurriendo en 2026.
Sin embargo, muestran que la supervisión de precios y las condiciones de compra han sido materias de preocupación durante años.
Este antecedente refuerza la necesidad de contar con información actualizada y verificable.
Gendarmería reduce a 23 categorías los productos autorizados
En medio de este escenario, Gendarmería adoptó una nueva medida de regulación.
Mediante la Resolución Exenta N.º 7.292, del 23 de octubre de 2026, firmada por su director nacional, Rubén Pérez Riquelme, la institución dispuso reducir y estandarizar la oferta comercial de los economatos.
La medida alcanza a 33 establecimientos penitenciarios que cuentan formalmente con este servicio: 23 tradicionales y diez concesionados.
La decisión se fundamenta en razones de seguridad, custodia y control administrativo.
Según los antecedentes publicados, el objetivo es disminuir los riesgos vinculados al abastecimiento, almacenamiento, administración y comercialización de productos.
La nueva nómina contempla 23 categorías autorizadas, relacionadas principalmente con higiene personal y determinados alimentos o bebidas.
Entre ellas se encuentran artículos como champú, jabón líquido, pasta dental, cepillos de dientes, desodorantes, papel higiénico, detergente y productos de higiene femenina.
También se mantienen productos como leche en polvo, sopas, azúcar, café, té, agua y yerba mate.
Cigarrillos, ropa y revistas quedan fuera: el riesgo del comercio clandestino
Uno de los aspectos más sensibles de la nueva regulación es la exclusión de productos que anteriormente podían comercializarse.
Entre ellos figuran cigarrillos, determinadas prendas de vestir, diarios y revistas.
La medida busca reducir la variedad de mercancías que ingresan y circulan dentro de los establecimientos.
Pero también plantea una dificultad: restringir un producto no significa necesariamente que desaparezca su demanda.
Segun fuentes consultadas advirtieron que la prohibición de vender cigarrillos mediante canales autorizados podría incentivar nuevas formas de contrabando.
La advertencia se basa en la posibilidad de que consumidores habituales busquen vías informales para obtener productos que ya no estarán disponibles legalmente en el economato.
¿Por qué podría aumentar el mercado informal?
Cuando existe demanda por un producto y desaparece su canal autorizado de venta, algunas personas pueden intentar conseguirlo por medios no permitidos.
En un establecimiento penitenciario, ese comercio informal podría traer consecuencias de seguridad.
Los productos podrían adquirir valores más elevados y convertirse en objetos de intercambio fuera de los mecanismos de control.
Esto también podría generar conflictos entre internos o favorecer intermediaciones no autorizadas.
Sin embargo, el eventual aumento del contrabando es un riesgo advertido por fuentes, no un resultado demostrado de la nueva resolución.
Su impacto deberá evaluarse después de la implementación.
¿Qué ocurrirá con los productos que ya están en las cárceles?
La nueva regulación no exige retirar inmediatamente toda la mercadería que queda fuera de la nómina autorizada.
De acuerdo con los antecedentes conocidos, Gendarmería permitirá agotar los productos existentes o cuya adquisición ya hubiese sido comprometida antes de la entrada en vigor de la medida.
Posteriormente, las jefaturas penitenciarias deberán impedir nuevas adquisiciones o reposiciones de artículos no autorizados.
En el caso de los recintos concesionados, la implementación deberá respetar los procedimientos previstos en sus contratos, bases de licitación y reglamentos de servicio.
La institución instruyó considerar el proceso de aprobación de productos correspondiente al primer trimestre de 2027.
Esto significa que la aplicación no será necesariamente idéntica ni simultánea en todos los establecimientos.
Auditoría nacional: Gendarmería deberá revisar las cuentas
Una de las decisiones más relevantes es la orden de efectuar una auditoría a los economatos penitenciarios.
El procedimiento deberá examinar su situación financiera, presupuestaria y operativa.
Entre los antecedentes que se deberán revisar figuran los ingresos percibidos, saldos disponibles, montos comprometidos, adquisiciones y productos comercializados.
Los resultados deberán remitirse a la Subdirección Operativa de Gendarmería, con copia a la Subdirección de Administración y Finanzas.
El plazo establecido vence el 20 de noviembre de 2026.
¿Qué debería aclarar esta fiscalización?
La auditoría permitirá conocer con mayor precisión el movimiento económico de los economatos y evaluar las medidas de control institucional.
Sin embargo, conocer las ventas y los saldos no necesariamente será suficiente para determinar si existen abusos comerciales.
Para una evaluación más completa también resulta relevante conocer los precios cobrados, las condiciones de adquisición de productos, los mecanismos de supervisión y las diferencias entre los establecimientos.
Será igualmente importante distinguir la administración directa de Gendarmería de los servicios explotados bajo contratos de concesión.
El resultado de esta fiscalización podría entregar información que actualmente no está disponible públicamente de manera consolidada.
¿El comercio penitenciario podría alcanzar los $22 mil millones?
La investigación publicada por Bío Bío Investiga incorpora una estimación sobre el movimiento económico total de los economatos del país.
Las diez cárceles concesionadas concentran aproximadamente el 42,5% de la población penal recluida, según los antecedentes utilizados.
A partir de los $9.321 millones registrados en esos establecimientos, una extrapolación matemática permite proyectar un movimiento comercial nacional cercano a los $22 mil millones entre enero y agosto de 2026.
Si se mantuviera un ritmo similar durante el último cuatrimestre, la estimación anual podría aproximarse a $33 mil millones.
Sin embargo, estas cifras no corresponden a ventas nacionales efectivamente acreditadas.
La proyección supone que el gasto promedio por persona es equivalente entre los diferentes tipos de establecimientos, algo que todavía no ha sido demostrado.
También existen diferencias en el acceso al servicio, la capacidad económica de los internos y los períodos informados por cada establecimiento.
Por esa razón, las cifras deben entenderse como una aproximación teórica y no como una contabilidad nacional definitiva.
El verdadero desafío: seguridad, transparencia y derechos
La regulación de los economatos plantea un equilibrio complejo.
Por una parte, Gendarmería tiene la responsabilidad de mantener la seguridad de los recintos penitenciarios, controlar los artículos que ingresan y reducir los riesgos asociados al comercio interno.
Por otra, las personas privadas de libertad mantienen derechos que deben ser respetados, incluido el acceso a condiciones básicas de higiene, alimentación y trato digno.
La existencia de economatos puede facilitar el acceso a bienes complementarios, pero su funcionamiento debe estar acompañado de controles adecuados.
Un sistema sin fiscalización suficiente podría generar espacios para cobros indebidos, diferencias de precios injustificadas o problemas en la administración de recursos.
En cambio, una restricción excesiva, sin medidas complementarias, también podría afectar el abastecimiento y favorecer mercados informales.
Ninguno de estos riesgos debe confundirse con irregularidades ya acreditadas.
Conclusión: miles de millones que requieren cuentas claras
Los antecedentes conocidos permiten dimensionar una actividad económica considerable dentro de las cárceles chilenas.
Más de $9.321 millones en ventas registradas en diez establecimientos concesionados son suficientes para justificar una revisión rigurosa de los mecanismos de administración, fiscalización y transparencia.
No se trata de afirmar que existe corrupción ni de cuestionar automáticamente la legitimidad de los economatos.
Se trata de determinar si el sistema cuenta con controles proporcionales al volumen de recursos que administra.
Las preguntas siguen abiertas: ¿cuánto dinero se mueve realmente en las cárceles tradicionales?, ¿cómo se supervisan los precios?, ¿qué mecanismos permiten detectar cobros indebidos?, ¿quién fiscaliza las operaciones y qué información puede conocer la ciudadanía?
La auditoría ordenada por Gendarmería constituye una oportunidad para comenzar a responderlas.
Porque cuando existe una actividad comercial de esta magnitud dentro de instituciones públicas, la transparencia no debería ser una excepción: debe formar parte de su funcionamiento permanente.





